SAP Valencia 2/2004, 10 de Enero de 2004

PonenteDOMINGO BOSCA PEREZ
ECLIES:APV:2004:42
Número de Recurso1207/2003
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución2/2004
Fecha de Resolución10 de Enero de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 5ª

SENTENCIA Nº 2/2004 Ilmos. Señores

Presidente

D.Domingo Boscá Pérez.

Magistrados:

Dª. Isabel Sifres Solanes

Dª. Carolina Rius Alarcó

En la ciudad de Valencia, a diez de enero de 2004. La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por los señores anotados al margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos interpuesto contra sentencia dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez de lo Penal nº 2 de Valencia en el procedimiento antes referenciado, seguido por delito de defraudación de la propiedad intelectual, contra Luis Francisco .

Han sido partes en el recurso, como apelante el condenado antes mencionado representado por la procuradora doña María Luisa Sempere Martínez y defendido por el letrado don Andrés Tresolí Creu, siendo designado ponente el presidente Domingo Boscá Pérez, quién expresa el parecer del Tribunal. ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La sentencia apelada declaró probados los siguientes hechos: "Queda probado y así se declara que, el acusado, Luis Francisco , mayor de edad y sin antecedentes penales, con ánimo de ilícito lucro y a sabiendas de la falta de originalidad, el día 20 de enero de 2001, sobre las 13:30 horas se encontraba en el recinto de la Feria de San Sebastián II, organizada por el Ayuntamiento de Silla, con un puesto ambulante en el que exhibía a la venta, discos compactos pirateados, guardando en una caja hasta un total de 167, lo que implica un perjuicio para la Sociedad General de autores de 222,82 # (37.074 ptas.)"

SEGUNDO

El Fallo de dicha sentencia apelada literalmente dice: "Debo CONDENAR y CONDENO a Luis Francisco , como autor responsable de un delito RELATIVO A LA PROPIEDAD INTELECTUAL, ya definidos, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de SEIS MESES DE PRISIÓN, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y al pago de las costas procesales.

Asimismo deberá indemnizar a la SOCIEDAD GENERAL DE AUTORES en la suma de 222'82 #. Procede decretar el decomiso de los efectos intervenidos, procediendo a su destrucción"

TERCERO

Notificada dicha sentencia a las partes se interpuso contra la misma recurso de apelación por la representación del condenado, que sustancialmente fundó en error en la...

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