SAP Barcelona 732/2004, 9 de Septiembre de 2004

PonenteJOSE MARIA ASSALIT VIVES
ECLIES:APB:2004:10590
Número de Recurso221/2004
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución732/2004
Fecha de Resolución 9 de Septiembre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 5ª

SENTENCIA N ú m.

En la ciudad de Barcelona, a nueve de septiembre de dos mil cuatro.

VISTO, en grado de apelación, por el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a de la Sección quinta de esta Audiencia Provincial D/Dª. JOSÉ MARÍA ASSALIT VIVES, el Juicio de Faltas seguido bajo el nº 431/03 por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Rubí , por una falta contra el orden público, en el que fueron partes los agentes de la Policía Local de Sant Cugat del Vallés nº Agustín y Oscar , Andrés y el Ministerio Fiscal por la acusación pública; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por Andrés contra la Sentencia dictada en los mismos el día 17 de febrero de 2004 por el Sr. Juez del expresado Juzgado, y comparecido como apelado el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo condenar y condeno a Andrés como autor de una falta contra el orden público a la pena de 30 días de multa con una cuota diaria de 6 euros, lo que hace un total de 180 euros, así como a pagar las costas que, en su caso, se hayan ocasionado en esta instancia. Que debo absolver y absuelvo a Andrés de la falta de amenazas e injurias por las que ha sido acusado. Si el condenado no satisficiere, voluntariamente o por vía de apremio, la multa impuesta, quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por Andrés , y admitido se le dio el trámite correspondiente por el Juzgado instructor, elevándose las actuaciones a esta Sección de la Audiencia para la resolución del recurso.

TERCERO

En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales.

Ilmo. Sr. Magistrado Dº. JOSÉ MARÍA ASSALIT VIVES, constituido en Tribunal Unipersonal.

HECHOS PROBADOS

ÚNICO.- Se admiten y se dan por reproducidos en esta alzada los hechos probados de la sentencia recurrida, debiéndose añadir un segundo párrafo del tenor literal siguiente:Andrés en el momento de cometer los hechos se hallaba con sus facultades cognoscitivas y volitivas limitas por una previa ingesta alcohólica no buscada de propósito ni previsible para él.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se admiten y se dan por reproducidos en esta alzada los fundamentos de derecho de la sentencia recurrida, salvo que sean contrarios o incompatibles con los que a continuación se consignan.

SEGUNDO

En primer lugar debe resolverse sobre la denunciada, por la parte apelante, infracción de precepto legal, en concreto vulneración del artículo 24.1 de la Constitución española por entender que se infringió el derecho a la tutela judicial efectiva al no haber sido exhibidas a los testigos, agentes de la autoridad, unas fotografías sobre el estado físico que presentaba el denunciado.

Este motivo del recurso debe ser desestimado.

En efecto, el remedio procesal previsto por la Ley de Enjuiciamiento Criminal para tales supuestos, en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Madrid 14/2012, 20 de Diciembre de 2011
    • España
    • December 20, 2011
    ...de 14 de febrero de 2005, la Sentencia de la Audiencia Provincial de Pamplona, de 18 de enero de 2005, la Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, de 9 de septiembre de 2004, la Sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante, de 31 de julio de 2002, la Sentencia de la Audiencia ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR