SAP Albacete 32/2005, 9 de Febrero de 2005
Ponente | ANTONIO JESUS NEBOT DE LA CONCHA |
ECLI | ES:APAB:2005:87 |
Número de Recurso | 313/2004 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 32/2005 |
Fecha de Resolución | 9 de Febrero de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Albacete, Sección 2ª |
SENTENCIA NUM. 32 /2005 Ilmos. Sres. Magistrados:
Presidente:
ANTONIO NEBOT DE LA CONCHA
Magistrados:
FRANCISCO CAÑAMARES PABOLAZA
MARIA ANGELES MONTALVA SEMPERE
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
En ALBACETE, a nueve de Febrero de dos mil cinco.
VISTOS , ante esta Audiencia Provincial, en apelación admitida a la parte de mandada , los autos de Juicio Verbal, seguidos en el Juzgado Mixto num. 7 de Albacete, a instancia de VILLALRE DISTRIBUCIONES DE PELUQUERIA S.L., representado por el/la Procurador/a D/DÑA. MANUEL CUARTERO PEINADO, y dirigido por Letrado, contra P.A.P. PELUQUEROS, S.L., representado por el/la Procurador/a D/DÑA. MARIA VICTORIA ARCAS MARTINEZ y di rigido por Letrado .
ACEPTANDO , los antecedentes de la Sentencia apelada, cuya parte dispositiva dice así: Quedesestimando la oposición planteada por la parte demandada, debo mandar y mando seguir adelante contra ella la ejecución cambiaria por importe de 1.957'54 Euros. Se imponen las costas a la parte demandada. Téngase en cuenta a efectos de ejecución el pago de 1.900 Euros efectuado por la demandada.-ANTECEDENTES DE HECHO
La relacionada Sentencia de 5 de Julio de 2004 , se recurrió en apelación por la parte demandada, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia, ante la que se personaron dentro del término del emplazamiento y en legal forma las partes litigantes y seguidos los demás trámites, se señaló dia y hora para la votación y fallo de la apelación.-SEGUNDO .- Que en la sustanciación de los presentes autos, en ambas instancias se han obser vado las prescripciones legales .VISTO , siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Don ANTONIO NEBOT DE LA CONCHA.-Aceptando los fundamentos jurídicos de la resolución impugnada, y
Frente a la sentencia que manda seguir adelante la ejecución despachada, desestimando la oposición formulada, se alza la parte ejecutada alegando la improcedencia de la misma, así como la de la imposición de las costas.
La improcedencia de la ejecución la asienta el recurrente en que antes de la admisión a trámite de la demanda se había satisfecho el principal de los pagarés, cuyo pago se pretende con el juicio.
Con independencia de la fortuna o no de incluir en la ejecución los gastos bancarios de devolución de los iniciales pagarés impagados, es lo cierto que del total...
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STC 43/2007, 26 de Febrero de 2007
...y asistido por el Letrado don Manuel Laguna Barnes, contra la Sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid núm. 32/2005, de 25 de enero, recaída en recurso de apelación núm. 19-2005, interpuesto contra la Sentencia del Juzgado de lo Penal núm. 17 de Madrid núm. 313/2......