SAP Madrid, 25 de Julio de 2002
Ponente | MONICA DE ANTA DIAZ |
ECLI | ES:APM:2002:9772 |
Número de Recurso | 466/2001 |
Fecha de Resolución | 25 de Julio de 2002 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección ª |
Sentencia
En Madrid, a veinticinco de Julio de dos mil dos.
La Sección Decimotercera de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio de cognición sobre extinción de contrato de arrendamiento, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 68 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandantes-apelados D. Jose Ignacio y Dª Flora , y de otra, como demandada-apelante Dª Esperanza .
VISTO, siendo Magristrado Ponente la Ilma. Sra. Dª Mónica de Anta Díaz
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 68 de Madrid, en fecha 23 de marzo de 2001, se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " Que estimando la demanda interpuesta por la representación procesal de D. Jose Ignacio y Dª Flora , contra Dª Esperanza , debo resolver y resuelvo el contrato verbal de arrendamiento relativo al piso NUM000 nº NUM001 del PASEO000 nº NUM002 de Madrid, debiendo estar y pasar la demandada por dicha declaración bajo apercibimiento de lanzamiento ".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido en ambos efectos, del cual se dio traslado a la parte apelada, elevándose los autos ante esta Sección, para resolver el recurso.
Recibidos los autos en esta Sección, se formó el oportuno Rollo turnándose su conocimiento, a tenor de la norma preestablecida en esta Sección de reparto de Ponencias, y conforme dispone la Ley de Enjuiciamiento Civil, quedó pendiente para la correspondiente DELIBERACIÓN, VOTACIÓN Y FALLO, la cual tuvo lugar, previo señalamiento, el día 17 de julio de 2002.
En la tramitación del presente recurso se han observado todas las disposiciones legales.
Se admiten y se dan por reproducidos los contenidos en la resolución apelada, en la medida en que no se opongan a los siguientes.
Contra la Sentencia de primera Instancia estimatoria de la demanda interpuesta por Don Jose Ignacio y Doña Flora , declarando resuelto el contrato verbal de arrendamiento de la vivienda litigiosa por no haberse hecho uso de la subrogación en la forma establecida en la Disposición Transitoria Segundaen relación con el art.16.3 de la LAU 29/94, es lo que motiva el presente recurso por Doña Esperanza , alegando la situación de indefensión ocasionada por la Sentencia de Instancia, al haber incurrido en error en la apreciación de las pruebas, ya que frente a la normativa legal se encuentra el principio de actos propios, y el actor D. Jose Ignacio aceptó en Febrero del año 2000 el primer giro firmado por la hoy apelante correspondiente a la renta del...
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