SAP Murcia 207/2010, 17 de Junio de 2010

PonenteMATIAS MANUEL SORIA FERNANDEZ-MAYORALAS
ECLIES:APMU:2010:1457
Número de Recurso130/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución207/2010
Fecha de Resolución17 de Junio de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 5ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5

CARTAGENA

SENTENCIA: 00207/2010

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MURCIA

SECCION DE CARTAGENA

ROLLO DE APELACIÓN N º 130/10

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 11/08

JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 5 DE SAN JAVIER.

SENTENCIA 207

Ilmos. Sres.

Presidente

Don Fernando Fernández Espinar López

Don Matías Manuel Soria Fernández Mayoralas

Don José Joaquín Hervás Ortiz

Magistrados

En la ciudad de Cartagena, a diecisiete de junio de dos mil diez.

La Sección de Cartagena de la Audiencia Provincial de Murcia, integrada por los Iltmos. Sres. Expresados al margen, ha visto los autos de juicio ordinario n. 11/08 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de San Javier, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandada LA UNION ALCOYANA S.A., habiendo intervenido en la alzada dichas partes, en su condición de recurrentes, representados por el Procurador Sr. Diego Frías Costa y dirigidos por el Letrado

D. Francisco Cárceles Moreno y como apelada Luis Jesús Martínez Carrillo, representada por el Procurador

D. Luis Gómez Navarro, asistidos del letrado Sr. Alberto Truque Pérez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Cartagena en los referidos autos, tramitados con el núm. 130/10, se dictó sentencia con fecha 16/12/08, cuya parte dispositiva dice entre otras lo siguiente: "Estimar intégramele la demanda interpuesta por la Procuradora señora Garcerán Martínez en la representación que tiene acreditada en autos condenando a "La Unión Alcoyana" a que abone a la actora la cantidad de diecisiete mil ciento sesenta y cinco euros con cuarenta y nueve céntimos (17.165,49 #), así como al pago de los intereses legales de dicha cantidad desde la fecha de la interpelación judicial, con expresa condena en costas".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuesto recurso de apelación por la parte demandada en tiempo y forma que fue tramitado conforme a lo dispuesto en el art. 457 y ss de la Ley de Enjuiciamiento Civil . Y remitidos a este Tribunal, donde se formó el correspondiente Rollo de Apelación designándose Magistrado Ponente y se señaló día para la votación y fallo el día de la fecha.

TERCERO

En la tramitación de ambas instancias, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Matías Manuel Soria Fernández Mayoralas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia, que estimó la demanda formulada por el asegurado, contra la compañía de seguros de su vehículo, que se encontraba asegurado a todo riesgo por el impago de la reparación del daño. Se formula recurso de apelación por la compañía de seguros demandada, por considerar que no procede el pago acordado en la sentencia, por cuanto estaba excluido por lo dispuesto en las condiciones generales de la póliza, y además en la mala fe del asegurado.

Por la parte apelada, se formula escrito de oposición al recurso solicitando la confirmación de la sentencia por los propios fundamentos de la misma.

SEGUNDO

La sentencia apelada estima la demanda, por considerar que la negativa de la compañía de seguros al pago basada en las exclusiones que figuran en las condiciones generales de la póliza, son limitativas de derecho al no figurar previamente aceptadas en las condiciones particulares, le afecta en lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley de contrato de seguro por lo que no resultan de aplicación.

Frente a ello, la compañía de seguros alega, sin hacer referencia al hecho de que se trate de una...

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