SAP Asturias 93/2010, 29 de Marzo de 2010
Ponente | MANUEL VICENTE AVELLO CASIELLES |
ECLI | ES:APO:2010:719 |
Número de Recurso | 60/2010 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 93/2010 |
Fecha de Resolución | 29 de Marzo de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias, Sección 3ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3
OVIEDO
SENTENCIA: 00093/2010
ROLLO DE APELACIÓN 60/10
SENTENCIA Nº 93/10
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS
D. MANUEL VICENTE AVELLO CASIELLES
D. JAVIER DOMINGUEZ BEGEGA
Dª ANA ALVAREZ RODRIGUEZ
Oviedo, a 29 de marzo de 2.010.
Vistas, en grado de apelación, por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Oviedo, las diligencias de Juicio Rápido nº 73/09, procedentes del Juzgado de
lo Penal nº 1 de Oviedo, (Rollo de Apelación nº 60/10), sobre delito de LESIONES, siendo parte apelante Dulce, cuyas
demás circunstancias personales constan en las Diligencias, representado en el recurso por el Procurador Sr./Sra. Serrano Martínez, bajo la dirección del Letrado
Sr./Sra. Vázquez Cardama, siendo apelado Celestino, representado por el Procurador Sr./Sra. Gota Brey, bajo la dirección del Letrado
Sr./Sra. Botas García, siendo parte el Ministerio Fiscal y Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MANUEL VICENTE AVELLO CASIELLES.
Por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Oviedo se dictó sentencia en las referidas diligencias de fecha 21 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva dice:
FALLO:
"Que debo absolver y absuelvo a Celestino del delito de LESIONES EN EL AMBITO FAMILIAR, del que viene siendo acusado, declarando de oficio las costas; y dejando sin efecto la orden de protección acordada por el instructor".
Contra dicha sentencia se interpuso por la representación de la acusación particular recurso de apelación, del que se dio traslado al Ministerio Fiscal y remitido el asunto a esta Audiencia y repartido a esta Sección Tercera, se registró con el Rollo de Apelación nº 60/10, pasando para resolver al Ponente que expresa el parecer de la Sala.
Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la sentencia apelada y, con ellos, la declaración de Hechos Probados.
Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la Sentencia apelada y
Para dar pábulo a las pretensiones de la parte recurrente, debió de instar un nuevo juicio con la prueba de que intentaba valerse y aquella que no se pudo efectuar por causas ajenas a la voluntad de las partes. Es así que para salvar los principios de inmediación, oralidad y contradicción el órgano judicial ad quem debía de entrar en contacto con las partes, testigos y demás pruebas evacuadas para saber si existió ese...
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