SAP Valencia 63/2010, 24 de Febrero de 2010

PonenteGONZALO MARIA CARUANA FONT DE MORA
ECLIES:APV:2010:1361
Número de Recurso661/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución63/2010
Fecha de Resolución24 de Febrero de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 9ª

ROLLO núm. 661/09 - K - SENTENCIA número 63/10

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION NOVENA

Ilmos. Sres.:

D. Gonzalo Caruana Font de Mora

Dª Mª Antonia Gaitón Redondo

Dª Purificación Martorell Zulueta

En la ciudad de Valencia, a 24 de febrero de 2010.

Vistos por la Sección Novena de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Gonzalo Caruana Font de Mora, el presente Rollo de Apelación número 661/09, dimanante de los Autos de Juicio Ordinario 674/08, promovidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Requena, entre partes; de una, como demandante apelante, BANCO SANTANDER, SA, representado por el procurador Miguel A. Díaz-Panadero Sandoval, y asistido por la letrado Teresa Añón Escribá, y de otra, como demandado apelado, Erasmo, representado por el procurador Raúl Vicente Bezjak, y asistido por el letrado Juan Gastón Cócera Cabañero.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia apelada, pronunciada por el señor Juez de Primera Instancia número 3 de Requena, en fecha 26 de febrero de 2009, contiene el siguiente FALLO: "Que DESESTIMO la demanda interpuesta por la Procuradora Dª. Sara Pilar Alcañiz Fornes, en representación de la entidad Banco Santander, S.A., contra D. Erasmo, condenando a la entidad Banco Santander, S.A. al pago de las costas procesales."

SEGUNDO

Que contra la misma se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, remitiéndose los autos a esta Audiencia, tramitándose la alzada, con el resultado que consta en las actuaciones.

TERCERO

Se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Banco Santander SA presentó solicitud de monitorio contra Erasmo en reclamación de

15.024,20 euros en concepto de saldo adeudado en virtud de una operación de préstamo aportando, la póliza de préstamo suscrita por los contratantes; la certificación de la deuda y liquidación de los intereses moratorios. Practicado el requerimiento de pago, Erasmo presentó escrito de oposición alegando no constarle adeudar cantidad alguna ni haber recibido reclamación extrajudicial.

El Juzgado Primera Instancia 3 Requena dictó proveído en que ante la oposición planteada, "debe tramitarse como juicio ordinario", se daba traslado del escrito de oposición a la parte solicitante.

Banco Santander SA presentó demanda de juicio ordinario ante el Juzgado Primera Instancia 3 Requena 3, en cuyo encabezamiento señalaba el monitorio 14/08 y a la hora de describir el préstamo se indicaba a los efectos probatorios oportunos se remitía al documento uno aportado en el juicio monitorio.

El demandado planteó contestación a la demanda alegando no constarle la deuda reclamada y no acreditarse la deuda al no acompañarse documento alguno.

Tras celebrarse la audiencia previa, el Juzgado Primera Instancia 3 dictó sentencia desestimando la demanda porque no se acreditaba la deuda reclamada.

Se interpone recurso de apelación por Banco Santander SA alegando como motivos que el proceso se inició con una solicitud de monitorio dónde fueron acompañados los documentos ante el mismo juzgado y que en el escrito de demanda se remitió con la misma enumeración a los documentos aportados con el monitorio, haber solicitado en el acto de la audiencia previa el testimonio de tales documentos que por otro lado tiene el demandado en su poder al darse traslado de la solicitud de monitorio;...

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