SAP Badajoz 15/2010, 28 de Enero de 2010

PonenteJOSE ANTONIO PATROCINIO POLO
ECLIES:APBA:2010:81
Número de Recurso19/2010
ProcedimientoAPELACION JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución15/2010
Fecha de Resolución28 de Enero de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Badajoz, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

BADAJOZ

SENTENCIA: 00015/2010

Recurso Penal núm. 19/2010

Juicio de Faltas núm. 310/09

Juzgado de Instrucción-4 de Badajoz

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN PRIMERA

BADAJOZ

S E N T E N C I A 15/2010

  1. José Antonio Patrocinio Polo

Iltmo. Sr. Magistrado

En la población de BADAJOZ, a 28 de #nero de dos mil diez.

La Sección Primera de esta Audiencia Provincial, formada por los Iltmos. Sres. Magistrados, al margen reseñados, ha visto, en grado de apelación, la precedente causa, [«*Juicio de Faltas núm. 310/09; Recurso Penal núm. 19/2010; Juzgado de Instrucción- 4 de Badajoz*»], sobre la comisión de la falta de «Incumplimiento del régimen de visitas.» seguidos contra contra DÑA Bárbara .

ANTECEDENTES DE HECHOS

PRIMERO

En mencionados autos por la Ilma. Sra. Magistrada- Juez del Juzgado de Instrucción-4 de Badajoz, se dicta sentencia de fecha 12/11/2009, la que contiene el siguiente:

FALLO: Que DEBO CONDENAR Y CONDENO a Bárbara como autora de una falta de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FAMILIARES del art 618.2 del C. Penal, a la pena de UN MES de multa a razón de una cuota diaria de SEIS EUROS, pena sujeta a responsabilidad subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad a razón de cada dos cuotas impagadas según lo dispuesto en el art. 53 del C. Penal haciéndole expresa imposición de las costas causadas.

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia, en tiempo y forma, se interpuso, para ante esta Audiencia Provincial, RECURSO DE APELACIÓN por DÑA Bárbara ; representada por la Procuradora de los Tribunales DÑA CLARA ISABEL RODOLFO SAAVEDRA; y defendida por el Letrado D. JOSÉ MANUEL DE LA FUENTE SERRANO; recurso al que se adhirió el MINISTERIO FISCAL; admitiéndose a trámite el mismo dándose seguidamente traslado del escrito de Recurso a las demás partes personadas para impugnación y plazo común de DIEZ DÍAS; todo lo que fue verificado y, llegados los autos a expresado Tribunal, se forma el rollo de Sala, al que le ha sido asignado el núm. 19/2010 de Registro, dándole a la apelación el trámite oportuno, no habiéndose celebrado vista pública y quedando los autos sobre la mesa de la Sala y proveyentes para Sentencia.

-HECHOS PROBADOS-

Se acepta la relación de hechos probados de la sentencia de instancia, los cuales se dan aquí por reproducidos en aras a la brevedad.

Observadas las prescripciones legales de trámite.

.

FUNDAMENTOS DE DERECHO.

PRIMERO

Se interpone recurso de apelación por la representación procesal de Doña Bárbara interesando la revocación de la sentencia de instancia y la absolución de su defendida.

El recurso se articula en una serie de motivos y consideraciones jurídicas que serán objeto de análisis detenido en los siguientes fundamentos jurídicos.

El M. Fiscal, asimismo, impugnó la sentencia solicitando la absolución de la condenada por entender que no concurría en la conducta de ésta un dolo de incumplimiento.

SEGUNDO

Se plantea por ambos recurrentes como tema central de sus respectivos recursos, la cuestión del dolo del sujeto activo.

Es cierto, en primer lugar (esto constituye un hecho indubitado y no cuestionado por los litigantes), que la Sra Bárbara incumplió el régimen de visitas establecido judicialmente por auto del Juzgado de Violencia sobre la mujer nº 1 de Badajoz de fecha 18 de Noviembre de 2008, en el que se fijaba un régimen de visitas en el Punto de Encuentro a favor del progenitor no custodio (el padre-denunciante), respecto de los dos hijos menores de edad, los fines de semana alternos y un día a la semana. En julio de 2009 la madre no entregó a los hijos en dicho Punto de Encuentro, privando de esta manera al padre y a los hijos de sus comunicaciones y visitas.

Esta decisión unilateral de la madre, sin contar con el juzgado, produjo un perjuicio evidente al progenitor no custodio y a los menores. Nótese que en los informes del Equipo de Programa del Punto de Encuentro que obran en las actuaciones, se pone de manifiesto que existe entre el padre y los hijos una adecuada vinculación paterno filial, que los encuentros son positivos para los menores, que se desarrollan con normalidad, que Héctor y Jimena se muestran contentos por estar con su padre, etc.

Esta evolución favorable se cortó en el mes de Julio de 2009 por decisión unilateral de la madre, quien, sin autorización judicial, decidió irse de vacaciones con sus hijos a otro lugar, haciendo imposible el régimen de visitas.

Existe, como enseguida veremos, un incumplimiento doloso de una resolución judicial que, además, es perjudicial para los menores y su...

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