SAP León 56/2010, 12 de Febrero de 2010
Ponente | MARIA DEL PILAR ROBLES GARCIA |
ECLI | ES:APLE:2010:227 |
Número de Recurso | 702/2009 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 56/2010 |
Fecha de Resolución | 12 de Febrero de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - León, Sección 2ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
LEON
SENTENCIA: 00056/2010
Domicilio : C., EL CID, 20
Telf : 987/233159
Fax : 987/232657
Modelo : SEN04
N.I.G.: 24089 37 1 2009 0201373
ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000702 /2009
Juzgado procedencia : JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de PONFERRADA
Procedimiento de origen : JUICIO VERBAL 0000814 /2007
RECURRENTE : Carlos Jesús
Procurador/a : BEATRIZ SANCHEZ MUÑOZ
Letrado/a : MARÍA ESTHER GUTIÉRREZ FERNÁNDEZ
RECURRIDO/A : Arturo
Procurador/a : MARIA LOURDES CRESPO TORAL
Letrado/a : RAMON J. GONZALEZ-VIEJO RODRIGUEZ
SENTENCIA NUM. 56-10
ILMOS/A. SRES/A.:
D. ALBERTO FRANCISCO ALVAREZ RODRIGUEZ.- Presidente
D. ANTONIO MUÑIZ DIEZ.- Magistrado
Dª Mª DEL PILAR ROBLES GARCIA.- Magistrada En León, a doce de febrero de dos mil diez.
VISTOS en grado de apelación ante esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial de LEON, los Autos de Juicio Verbal 814/2007, procedentes del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº. 1 de Ponferrada, a los que ha correspondido el Rollo 702/2009, en los que aparece como parte apelante D. Carlos Jesús representado por la Procuradora Dª. Beatriz Sánchez Muñoz y asistido por la Letrada Dª. María Esther Gutiérrez Fernández y como apelado D. Arturo representado por la Procuradora Dª. Maria Lourdes Crespo Toral y asistido por el Letrado D. Ramón J. González-Viejo Rodríguez, sobre tutela sumaria, y siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª. Mª DEL PILAR ROBLES GARCIA.
Por el Juzgado expresado al margen, se dictó sentencia en los referidos autos, con fecha 10 de junio de 2008, cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la representación de Don Carlos Jesús, contra Don Arturo, debo absolver y absuelvo a dicho demandado de los pedimentos efectuados en su contra, con imposición a la actora del pago de las costas procesales".
Contra la relacionada sentencia, se interpuso por la parte demandante recurso de apelación ante el Juzgado, y dado traslado a la contra parte, por ésta se presentó escrito de oposición, remitiéndose las actuaciones a esta Sala y señalándose para la deliberación, el día 2 de febrero actual.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Frente a la sentencia de instancia que desestima la demanda, se interpone recurso de apelación interesando se dicte nueva sentencia en la que se condene al demandado a reponer en la quieta y pacifica posesión de las tres plazas de garaje descritas en el hecho primero del escrito de demanda, así como al pago de las costas del juicio de ambas instancias, pretensión a la que se viene a oponer la parte contraria quien interesa la integra confirmación de la resolución de instancia.
El procedimiento que ha sido promovido por la parte apelante, es el especial sumario del artículo 250.1.7 de la LEC 2000, en relación con el art. 41 de la L.H, que señala "Las acciones reales procedentes de los derechos inscritos podrán ejercitarse a través del juicio verbal regulado en la Ley de Enjuiciamiento Civil, contra quienes, sin título inscrito, se opongan a aquellos derechos o perturben su ejercicio. Estas acciones, basadas en la legitimación registral que reconoce el artículo 38, exigirán siempre que por certificación del registrador se acredite la vigencia, sin contradicción alguna, del asiento correspondiente". Parte pues dicho procedimiento de la presunción posesoria a que se refiere el artículo 38 de la LH, en beneficio de quien ostenta la condición de titular registral del derecho real inscrito, no siendo otra su finalidad que la de pedir y recuperar la posesión del derecho real inscrito, en virtud de la fuerza legitimadora de los asientos del Registro de la Propiedad, frente a quien se oponga o...
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