SAP Pontevedra 495/2010, 16 de Julio de 2010

PonenteMAGDALENA FERNANDEZ SOTO
ECLIES:APPO:2010:1301
Número de Recurso3320/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución495/2010
Fecha de Resolución16 de Julio de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra, Sección 6ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 6

PONTEVEDRA SEDE VIGO

SENTENCIA: 00495/2010

Domicilio: C/LALÍN, NÚM. 4 - PRIMERA PLANTA - VIGO

Telf.: 986817388-986817389 - Fax: 986817387

Modelo: SEN00

N.I.G.: 36038 37 1 2008 0600732

ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0003320/2008 -A

Juzgado procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 1 de VIGO

Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000739 /2007

APELANTE: Gabino

Procurador/a: ROSARIO DIAZ MOURE

Letrado/a:

APELADO/A: Ovidio

Procurador/a: MARTA BARREIRO CARRILLO

Letrado/a:

LA SECCIÓN SEXTA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, SEDE VIGO, compuesta por los Ilmos. Sres.

Magistrados D. JAIME CARRERA IBARZABAL, Presidente; Dª MAGDALENA FERNANDEZ SOTO y

D. MIGUEL MELERO TEJERINA, han pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

La siguiente

SENTENCIA núm. 495 En Vigo, a dieciseis de Julio de 2010.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 006 de la Audiencia Provincial de PONTEVEDRA, sede Vigo, los autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 739/2007, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 1 de VIGO, a los que ha correspondido el núm. de Rollo de apelación 3320/2008, es parte apelante-DTE: D. Gabino, representado por el procurador D.ª ROSARIO DIAZ MOURE y asistido del letrado D.ª MARIA ASUNCIÓN ALVAREZ LOIS; y, apelado-DDO: D. Ovidio representado por el procurador

D.ª MARTA BARREIRO CARRILLO y asistido del letrado D. MIGUEL G. ROCAFORT LORENZO Y apelado-DTE.: Dª Sagrario declarada en rebeldía.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Dª MAGDALENA FERNANDEZ SOTO, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia núm. 1 de Vigo, con fecha 7 de Mayo de 2008, se dictó sentencia cuyo fallo textualmente dice:

"Desestimando íntegramente la demanda promovida por la representación de Gabino contra Ovidio y Sagrario, debo absolver y absuelvo a los demandados de las pretensiones contra ellos deducidas, con imposición a la actora de las costas procesales"

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, por el Procurador Dª ROSARIO DIAZ MOURE, en nombre y representación de Gabino, se preparó y formalizó recurso de apelación que fue admitido a trámite y, conferido el oportuno traslado, se formuló oposición al mismo por la parte contraria.

Una vez cumplimentados los trámites legales, se elevaron las presentes actuaciones a la Audiencia Provincial de Pontevedra, correspondiendo por turno de reparto a esta Sección Sexta, sede Vigo, señalándose para la deliberación del presente recurso el día 6 de Julio de 2010.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia se han cumplido todas las prescripciones y términos legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El demandante, ahora apelante, como correctamente se recoge en el fundamento primero de la sentencia apelada, ejercitó una acción de responsabilidad contractual derivada del contrato de compraventa celebrado con los demandados el 26 de enero de 2006, en virtud del cual éstos transmitieron a aquel el piso NUM000 del edificio sito en la Rúa DIRECCION000, NUM001 de Vigo, suplicando se declarase la existencia de defectos en la cubierta del edificio y en las tuberías bajantes y se condenase a los vendedores demandados a que efectúen a su cargo las obras de reparación necesarias tanto en el tejado como en las cañerías del edifico y en la vivienda propiedad del actor. La referida acción la sustentó en lo dispuesto en los art. 1.484 y 1.101, ambos del CC.

La sentencia de instancia desestimó la demanda.

SEGUNDO

El apelante mantiene en su recurso que existen filtraciones en su vivienda por entrada de agua procedente del tejado y que la bajante general no tiene salida de ventilación en la cubierta, obviando cualquier consideración tendente a desvirtuar los correctos argumentos fácticos y jurídicos...

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