SAP Badajoz 277/2010, 7 de Septiembre de 2010
Ponente | FIDELA LEONOR CERCAS DOMINGUEZ |
ECLI | ES:APBA:2010:868 |
Número de Recurso | 328/2010 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 277/2010 |
Fecha de Resolución | 7 de Septiembre de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Badajoz, Sección 3ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BADAJOZ
SECCIÓN TERCERA
MÉRIDA
SENTENCIA Nº 277/10
ILMO. SR. PRESIDENTE:
D. JOSÉ MARÍA MORENO MONTERO
ILMOS SRES MAGISTRADOS:
D. JESÚS SOUTO HERREROS
Dª FIDELA LEONOR CERCAS DOMINGUEZ (Ponente)
Procedimiento Ordinario Autos nº 1092/09. Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Mérida.
Recurso nº 328/10.
En Mérida a siete de Septiembre de dos mil diez.
La Sección 3ª de la Ilma. Audiencia Provincial de BADAJOZ ha visto en grado de apelación, los Autos de Juicio Ordinario nº 1092/09 del Juzgado 1ª Instancia de nº 3 de Mérida, Recurso nº 328/10, seguido entre las partes, de una, como Apelante Juan Miguel, representada por el Procurador Sr. García Luengo y defendido por el Letrado Sr. Contreras Cardoso y de otra como Apelados Casimiro representado por el Procurador Sr. García Sánchez y ARCH INSURANCE COMPANY EUROPE LIMITED, sucursal en España, defendida por el Letrado Sr. Olivares Monteagudo y representado por el Procurador Sr. Mena Velasco sobre Reclamación de cantidad.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.
Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA nº 3 de Mérida, por el mismo se dictó Sentencia de fecha 9 de Abril de 2010 cuya Parte Dispositiva es del siguiente tenor literal:
"Que debo desestimar y desestimo íntegramente la demanda presentada por el Procurador Sr. García Luengo, en nombre y representación de D. Juan Miguel, que dio lugar a los autos de juicio ordinario seguidos ante este Juzgado bajo el número 1092/09 contra D. Casimiro, representado por el Procurador Sr. García Sánchez y Arch Insurance Company, S.L., representada por el Procurador Sr. Mena, absolviendo a los demandados de las pretensiones obradas de contrario, con imposición de costas a la parte demandante".
Frente a la referida Sentencia por la parte demandada, se solicitó la preparación del recurso de Apelación de conformidad con lo dispuesto en el art. 457.1 de la L.E.C..
Admitida que fue la preparación del recurso por el Juzgado, se emplazó a la parte recurrente, conforme a lo dispuesto en los art. 457.3 de la L.E.C . por veinte días para la interposición del recurso de Apelación, conforme a las normas del art. 458 y ss. de la citada Ley procesal.
Formalizado en tiempo y forma el recurso de Apelación por la representación de la parte demandada, se tuvo por interpuesto y de conformidad con lo establecido en el art. 461 L.E.C . se emplazó a las demás partes personadas para que en el plazo de diez días presentaran ante el Juzgado escrito de oposición al recurso, o en su caso de impugnación de la resolución apelada en lo que resulte desfavorable.
Presentado escrito de oposición al recurso por la representación procesal de la parte demandante, se remitieron los Autos originales a esta Audiencia Provincial, que por turno de reparto correspondió a esta Sección 3ª, incoándose el correspondiente Rollo de Sala nº 328/10, turnándose de ponencia, no habiéndose celebrado vista pública y quedando los Autos sobre la mesa de la Sala y proveyente para Sentencia.
Observadas las prescripciones legales de trámite.
Vistos siendo ponente la Ilma. Magistrada Sra. Dª FIDELA LEONOR CERCAS DOMINGUEZ, que expresa el parecer unánime de la Sala.
Por la representación procesal de D. Juan Miguel se interpone recurso de Apelación contra la Sentencia de instancia, por la que ha concluido desestimando la pretensión aducida en...
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