SAP Valladolid 256/2010, 14 de Octubre de 2010

PonenteJOSE ANTONIO SAN MILLAN MARTIN
ECLIES:APVA:2010:1219
Número de Recurso176/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución256/2010
Fecha de Resolución14 de Octubre de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

VALLADOLID

SENTENCIA: 00256/2010

AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID

SECCION PRIMERA

Rollo: RECURSO DE APELACION 176/2010

SENTENCIA Nº 256

ILMA. AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID

SECCION PRIMERA

Ilmo. Sr. Presidente: D. JOSE RAMÓN ALONSO MAÑERO PARDAL

Ilmos. Sres. Magistrados: D. JOSE ANTONIO SAN MILLÁN MARTÍN

D. ANGEL MUÑIZ DELGADO

En VALLADOLID, a catorce de octubre de dos mil diez.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 001, de la Audiencia Provincial de VALLADOLID, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001792 /2008, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 2 de VALLADOLID, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000176 /2010, en los que aparece como parte DEMANDADA- APELANTE: Carlos Alberto, representado por el Procurador de los tribunales, Doña. MARIA LAGO GONZALEZ, asistido por el Letrado D. Fernando Serrano Hernández, y como parte DEMANDANTE-APELADA:, URBANIZADORA COMON SA, con domicilio social en Valladolid, representado por el Procurador de los tribunales, D. JULIO CESAR SAMANIEGO MOLPECERES, asistido por el Letrado D. JOSE ANTONIO GARROTE MESTRE, sobre cumplimiento de contrato de compraventa.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

SEGUNDO

Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 15-02-10, se dictó sentencia cuyo fallo dice así: I.- Estimo íntegramente la demanda interpuesta por URBANIZADORA COMON, S.A., contra D. Carlos Alberto, y, en su virtud: 1º) Declaro que el demandado está obligado a cumplir el contrato de 17 de octubre de 2.006, y, en consecuencia, a recibir la parcela objeto de la compraventa identificada como nº35 del Proyecto de Actuaciones del Plan Parcial del SUD 14 del PGOU de Aldeamayor de San Martín (Valladolid), y a abonar la parte del precio pendiente de pago, es decir IVA incluido, 310.497,20 euros.

  1. ) Condeno al demandado, a estar y pasar por tales declaraciones y, a otorgar a tal fin la escritura pública de compraventa, siendo los gastos y la Notaría del otorgamiento los previstos en la estipulación octava y novena del contrato.

  2. ) Condeno al demandado a abonar los intereses legales sobre la suma pendiente de pago desde la fecha de interposición de la demanda (5 de diciembre de 2008).

  1. Desestimo la reconvención formulada por D. Carlos Alberto contra URBANIZADORA COMON, S.A., y, en consecuencia, absuelvo a esta entidad de las pretensiones frente a ella deducidas.

  2. Las costas procesales causadas se imponen a la parte demandada-reconviniente."

TERCERO

Notificada a las partes la referida sentencia, por la representación de Carlos Alberto se preparó recurso de apelación que fue interpuesto dentro del término legal alegando lo que estimó oportuno. Por la parte contraria se presentó escrito de oposición al recurso. Recibidos los autos en este Tribunal y personadas las partes, se señaló para deliberación, votación y fallo el día 6 de octubre de 2010 en que ha tenido lugar lo acordado.

Vistos, siendo ponente D. JOSE ANTONIO SAN MILLÁN MARTÍN.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Sentencia objeto de recurso, estima íntegramente la demanda deducida por la entidad mercantil Urbanizadora Comon, S.A., sobre acción de cumplimiento de contrato de compraventa de fincas, sitas en la localidad de Aldeamayor de San Martín (Valladolid), al nº 35 del proyecto de Actuación del Plan Parcial de Suelo Urbanizable delimitado nº 14 del PGOU de ese Municipio, contrato suscrito en fecha de 17-10-06, documento privado (luego de efectuada la reserva en el mes de Julio de ese año), que preveía la entrega final de la finca, tres meses después de la emisión del certificado final de la obra, fecha prevista para la entrega en Diciembre del 2007, por falta de recepción, formalización de escritura pública de la venta en fecha final de la entrega, fecha de Octubre del 2008, por esa parte demandada, en alegación, a su vez de incumplimiento contractual de la parte vendedora, sobre la que interesa la resolución contractual, en, a su vez, demanda reconvencional, desestimada en misma Sentencia. Recurre esa parte demandada, en insistencia de sus pretensiones resolutorias del contrato suscrito, reprochando todo incumplimiento a esa parte actora, por el injustificado retraso en la entrega final de la finca, con los consiguientes perjuicios para esa parte demandada.

SEGUNDO

Interesa esa parte apelante, D. Carlos Alberto, en primer lugar la nulidad de pleno derecho de las actuaciones por estimar que le ha sido causada indefensión manifiesta en sus derechos de defensa y tutela judicial efectiva, cuando luego de haberse admitido en la audiencia previa, su prueba propuesta de interrogatorio de la parte actora, a través de su representante legal (en...

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