SAP Vizcaya 439/2010, 20 de Octubre de 2010
Ponente | MARIA ELISABETH HUERTA SANCHEZ |
ECLI | ES:APBI:2010:2164 |
Número de Recurso | 88/2010 |
Procedimiento | RECURSO APELACIóN JUICIO VERBAL LEC 2000 |
Número de Resolución | 439/2010 |
Fecha de Resolución | 20 de Octubre de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Vizcaya, Sección 5ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA
Sección 5ª
BARROETA ALDAMAR 10 3ª planta- C.P. 48001
Tfno.: 94-4016666
Fax: 94-4016992
N.I.G. 48.05.2-09/000315
Apel.j.verbal L2 88/10
O.Judicial Origen: 1ª Inst. e Instrucc. nº 1 (Balmaseda)
Autos de Juicio verbal L2 121/09
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Recurrente: Conrado
Procurador/a: GUILLERMO SMITH APALATEGUI
Abogado/a: JOSE RAMON JIMENEZ GONZALEZ
Recurrido: Feliciano y MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA
Procurador/a: PATRICIA CALDERON PLAZA y PATRICIA CALDERON PLAZA
Abogado/a: ISABEL GARCIA PRIETO y ISABEL GARCIA PRIETO
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SENTENCIA Nº 439/10
ILMA. SRA.
Dña. MARÍA ELISABETH HUERTA SANCHEZ En BILBAO (BIZKAIA), a veinte de octubre de dos mil diez.
En nombre de S.M. el Rey, por la autoridad que le conceda la Constitución.
Vistos por la Ilma Sra Doña MARÍA ELISABETH HUERTA SANCHEZ, Magistrada de la Sección 5ª de esta Audiencia Provincial en grado de apelación, los presentes autos de Juicio verbal nº 121 de 2009, seguidos en primera instancia ante el Juzgado de primera instancia nº uno de Balmaseda y del que son partes, como demanante, Don Conrado, representado por el Procurador Don Ignacio Etxebarria Otañes y dirigido por el Letrado Don Ramon Jimenez Gonzalez y como demandado Don Feliciano y MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA, representado por el Procurador Don Carlos Manuel Martinez Rivero y dirigido por el Letrado Don Rafael Garcia Moreno, siendo Ponente en esta instancia la Ilma Sra Magistrada Doña MARÍA ELISABETH HUERTA SANCHEZ.
Se dan por reproducidos los antecedentes de la sentencia dictada.
Por el Juzgador de primera instancia se dictó con fecha 25 de noviembre de 2009 sentencia, cuya parte dispositiva dice literalmente:"FALLO:"
Desestimar la demanda interpuesta por el procurador Sr. Echevarría Otañes en nombre y representación de D. Conrado frente a D. Feliciano y la compañía aseguradora Mutua Madrileña, representados en estos autos por el procurador Sr. Matrínez Rivero, con imposición de las costas al demandante.
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación de Don Conrado y admitido dicho recurso en ambos efectos se elevarón los autos a esta Audiencia,y se turnarón a esta Sección Quinta, donde se formó el correspondiente rollo señalandose para votación y fallo del recurso el día 15 de octubre de 2010.
En la tramitación de estos autos en ambas instancias, se han observado las formalidades y términos legales, haciendose constar que la duración del soporte audiovisual del Juicio es de 35 minutos y 55 segundos.
La representación de Don Conrado se alza contra la sentencia dictada en primera instancia y solicita que revocandose la misma se estima integramente la demanda, aduciendo en defensa de su pretensión que el perito Sr Luis Enrique, aunque sus respuestas adolecierón de vaguedad en algunos momentos en lo esencial sirvierón para explicar la diferencia de valoraciones y justificar la pretensión del recurrente, y la primera valoración que efectuó la realizo con el muro aun sin desescombrar y calculo unos daños aparentes, sin entrar en los pormenores tecnicos que exigia la reconstrucción del muro, pero en la segunda valoración consideró que el aumento que demandaba el gremio ejecutante era correcto, sujetandose en su reclamación el recurrente el valor pericial de la segunda peritación y no a la factura del gremio, mientras que el perito de la parte contraria no visitó el muro dañado, y la factura...
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