SAP Zaragoza 198/2006, 4 de Abril de 2006

PonenteEDUARDO NAVARRO PEÑA
ECLIES:APZ:2006:1233
Número de Recurso509/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución198/2006
Fecha de Resolución 4 de Abril de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 4ª

EDUARDO NAVARRO PEÑAMARIA JESUS DE GRACIA MUÑOZSARA ARRIERO ESPES

SENTENCIA NUMERO CIENTO NOVENTA Y OCHO

Ilmos. Señores:

Presidente:

D. Eduardo Navarro Peña

Magistrados:

Dª. Mª Jesús de Gracia Muñoz

Dª. Sara Arriero Espés

En Zaragoza a cuatro de Abril de dos mil seis.

En nombre de S.M. el Rey.

VISTO por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, integrada por los Magistrados del margen, el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada en fecha 13 de Junio de 2.005 por el Juzgado de Primera Instancia número Dos de los de Zaragoza, en autos de Juicio Ordinario seguidos con el número 1.309/04 , sobre reclamación de cantidad, de que dimana el presente rollo de apelación numero 509/05, en el que han sido partes, apelante, la demandante, entidad mercantil ACR2 PROMOCIONES, S.L., representada por la Procuradora Dª. María-Isabel Magro Gay y asistida de la Letrada Dª. Milagros Pascual Arzoz, y apelada, la demandada , entidad mercantil CONSTRUCCIONES SEGURA-SERRANO 2002, S.L., representada por el Procurador D. Miguel-Ángel Alcaraz Martínez y asistida del Letrado D. José-Luis Soro Domingo, siendo Ponente el Magistrado D. Eduardo Navarro Peña, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los correlativos de la sentencia recurrida; y

PRIMERO

La anterior sentencia contiene la parte dispositiva siguiente: "FALLO: Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por la representación procesal de ACR2 Promociones, S.L. contra Construcciones Segura-Serrano 2002, S.L., sin hacerse una especial imposición de las costas causadas, debiendo asumir cada parte las causadas a su instancia y las comunes por mitad."

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, la representación procesal de la mercantil actora preparó contra la misma recurso de apelación en tiempo y forma hábiles, y emplazada que fue para que lo interpusiera en legal forma, así lo efectuó mediante la formulación del correspondiente escrito, en el que expuso las alegaciones que tuvo por conveniente para fundamentarlo, solicitando se dictara sentencia por la Sala, que revocando la recurrida estimase íntegramente los pedimentos de su demanda, con imposición de las costas del recurso a la demandada-recurrida.

TERCERO

Dado traslado de dicho recurso de apelación a la representación procesal de la mercantil demandada, emplazándola para que pudiera alegar lo que a su derecho conviniere en relación con el mismo, dedujo escrito de oposición, en el que vino a interesar la desestimación del mentado recurso y la confirmación de la sentencia impugnada, con expresa imposición de las costas de esta alzada a la parte apelante, tras de lo cual se remitieron los autos originales del juicio a esta Audiencia Provincial, Sección Primera, previo emplazamiento de las partes.

CUARTO

Recibidos los autos se formó el correspondiente rollo de Sala, en el que se personaron ambas partes, apelante y apelada, y seguido el trámite legal se señaló, finalmente, para la discusión y votación del referido recurso de apelación el día 28 del pasado mes de Marzo, en que tuvo lugar.

QUINTO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los correlativos de la sentencia apelada, en cuanto no se opongan a los de la presente; y

PRIMERO

La mercantil ACR2 Promociones, S.L. formuló demanda contra la también mercantil Construcciones Segura-Serrano 2002, S.L. instando la condena de ésta última a abonarle la suma de 500.000 euros, junto con los intereses legales desde la interposición de aquella, como indemnización por incumplimiento por dicha demandada del contrato de fecha 29 de Octubre de 2.004 suscrito por ambas, contrato que pese a la denominación dada al mismo como de "señal o arras de la compraventa que en su día formalicen", constituía en realidad una verdadero contrato de compraventa que tenía por objeto las fincas descritas en su expositivo primero, las cuales se transmitían por la demandada libre de cargas, gravámenes y arrendatarios, siendo el precio de venta el resultante de aplicar a la superficie final el de 165 euros por metro cuadrado, por lo que se establecía provisionalmente el total de dicha compraventa en la cantidad de 16.867.732,20 euros, más el IVA, que habría de abonarse por la compradora en la forma establecida en la estipulación o cláusula tercera, habiéndose convenido como precio de la señal o arras el de 600.000 euros más IVA, que la compradora había de entregar de la siguiente forma: A) La cantidad de 100.000 euros más...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • STS 719/2010, 11 de Noviembre de 2010
    • España
    • Tribunal Supremo, sala primera, (Civil)
    • 11 Noviembre 2010
    ...por el procurador D. Carmelo Olmos Gómez, contra la sentencia de fecha 4 de abril de 2006, dictada en grado de apelación, rollo número 509/2005, por la Audiencia Provincial de Zaragoza, Sección 4.ª, dimanante de procedimiento de juicio de ordinario número 1309/2004, seguido ante el Juzgado ......
  • ATS, 11 de Noviembre de 2008
    • España
    • 11 Noviembre 2008
    ...contra la Sentencia dictada, con fecha 4 de abril de 2006 por la Audiencia Provincial de Zaragoza (Sección 4ª ), en el rollo de apelación nº 509/2005, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1309/2004 del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de - Mediante Providencia de 23 de junio de 20......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR