SAP Vizcaya 13/2011, 21 de Enero de 2011

PonenteANA BELEN IRACHETA UNDAGOITIA
ECLIES:APBI:2011:631
Número de Recurso699/2010
ProcedimientoRECURSO APELACIóN DIVISIóN DE HERENCIA LEC 2000
Número de Resolución13/2011
Fecha de Resolución21 de Enero de 2011
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 4ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA

BIZKAIKO PROBINTZIA-AUZITEGIA

Sección 4ª

BARROETA ALDAMAR 10 3ªplanta- C.P. 48001

Tfno.: 94-4016665

Fax: 94-4016992

N.I.G. 48.04.2-08/034823

A.divi.herenc.L2 699/10

O.Judicial Origen: Jdo. 1ª Instancia nº 7 (Bilbao)

Autos de Divi.herencia L2 1237/08

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Recurrente: Brigida, Felisa y Miriam

Procurador/a: LUIS PABLO LOPEZ-ABADIA RODRIGO, LUIS PABLO LOPEZ-ABADIA RODRIGO y LUIS PABLO LOPEZABADIA RODRIGO

Recurrido: Marí Luz y Carlota

Procurador/a: MARIA ROSA SANMIGUEL ADALID y MARIA ROSA SANMIGUEL ADALID

SENTENCIA Nº 13/11

ILMOS. SRES.

D. FERNANDO VALDÉS SOLÍS CECCHINI

Dña. ANA BELÉN IRACHETA UNDAGOITIA

Dña. REYES CASTRESANA GARCÍA

En Bilbao, a veintiuno de enero de dos mil once.

Visto en grado de apelación ante la Audiencia Provincial de Bilbao, Sección Cuarta, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados, el procedimiento DIVISION JUDICIAL DE HERENCIA Nº 1.237/08, procedente del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 7 de BILBAO, seguido entre partes: como apelantes las demandadas D.ª Felisa, D.ª Brigida y D.ª Miriam, representadas por el Procurador Sr. López Abadía y dirigidas por el Letrado SR. José Antonio Guevara Arrieta, y como apeladas, que se oponen al recurso, las demandantes D.ª Carlota y D.ª Marí Luz, representadas por la Procuradora Sra. Sanmiguel Adalid y dirigidas por la Letrada Sra. Petra Arigita Gutiérrez.

SE ACEPTAN y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la Sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia de instancia de fecha 11 de mayo de 2010 es de tenor literal siguiente:

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FALLO

  1. - QUE SE ESTIMA íntegramente la demanda formulada por la Procuradora Dª Rosa San Miguel Adalid, y de Dª Carlota y Dª Marí Luz, y Letrada Dª Petra Aridita Gutiérrez, contra las codemandadas Dª Felisa, Dª Brigida, y Dª Miriam, con Procurador D.Luis P. L ópez-Abadía y Rodrigo, y Letrado D. José Antonio Guevara Arrieta, Y QUE DEBO DECLARAR Y DECLARO la aprobación de Acta de Formación de Inventario celebrada de fecha 9 de diciembre de 2009, con la exclusión e inclusión del inventario de determinados bienes solicitados por la actora, Y QUE DEBO ACORDAR Y ACUERDO la intervención del caudal hereditario, y seguir los trámites establecidos para la división, partición y adjudicación del caudal hereditario; QUE SE DESESTIMA la oposición planteada por el Procurador D. Luis P. López-Abadía y Rodrigo, y de las codemandadas Dª Miriam, Dª Felisa, y Dª Brigida, y Letrado D. José Antonio Guevara Arrieta, frente a la parte actora Dª Carlota, y Dª Marí Luz, con Procuradora Dª Rosa San Miguel Adalid, y Letrada Dª Petra Aridita Gutiérrez, NO HA LUGAR a la inclusión del Pasivo formulada en la Formación de Inventario.

  2. - Con imposición de las costas procesales a la parte demandada."

SEGUNDO

Publicada y notificada dicha Resolución a las partes litigantes, por la representación de la parte demandada se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación que, admitido por el Juzgado de Instancia y tramitado en legal forma, ha dado lugar a la formación del presente rollo, al que ha correspondido el nº 699/10 de Registro y que se ha suscitado con arreglo a los trámites de los de su clase.

TERCERO

Hecho el oportuno señalamiento quedaron las actuaciones sobre la Mesa del Tribunal para votación y fallo.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Ha sido Ponente para este trámite la Ilma. Sra. Magistrada Dª. ANA BELÉN IRACHETA UNDAGOITIA .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia dictada por la Ilma. Sra. Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia en procedimiento de división judicial de herencia, se alzan las demandadas D.ª Felisa, y D.ª Brigida y D.ª Miriam que discrepan de la relación de bienes y derechos que contiene inventario del caudal relicto de D. Antonio por la no inclusión en el pasivo de los débitos que se relacionan en el escrito que presentó la representación de las...

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