SAP Barcelona 611/2011, 28 de Octubre de 2011

PonenteJOSE LUIS VALDIVIESO POLAINO
ECLIES:APB:2011:10738
Número de Recurso852/2010
ProcedimientoVERBAL - COGNICIóN
Número de Resolución611/2011
Fecha de Resolución28 de Octubre de 2011
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 16ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN DECIMOSEXTA

ROLLO Nº. 852/2010-C

JUICIO VERBAL NÚM. 1646/2009

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 36 BARCELONA

S E N T E N C I A nº 611/2011

En la ciudad de Barcelona a veintiocho de octubre de dos mil once.

Vistos por mí, JOSÉ LUIS VALDIVIESO POLAINO, magistrado de la Sección Decimosexta de la Audiencia Provincial de Barcelona, en grado de apelación, los autos de juicio verbal número 1646/2009, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia número 36 de Barcelona, a instancia de ALLIANZ, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A., representada por la procuradora Dña. Montserrat LLinàs Vila y defendida por el abogado D. Josep Bayarri Bosque, contra BILBAO, COMPAÑÍA ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS, representada por la procuradora Dña. Anna Maria Gómez-Lanzas Calvo y defendida por el abogado D. Andreu Corominas Malet, cuyos autos penden ante esta sala en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandante, contra la sentencia dictada por el/la Juez del indicado Juzgado en fecha diez de mayo de dos mil diez .

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "Que desestimando la demanda interpuesta por Dña. Montserrat Llinàs en representación de ALLIANZ SEGUROS Y REASEGUROS, S.A., asistido por el Sr. José Antonio Bayarri, frente a la entidad SEGUROS BILBAO, representada por la Sra. Ana María Gómez Lanzas y asistida por el Sr. Andreu Corominas, absuelvo a la demandada de las peticiones de la actora, con expresa imposición a ésta de las costas causadas".

Segundo

Contra dicha sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandante mediante escrito motivado, del que se dio traslado a la parte contraria, que se opuso, elevándose seguidamente las actuaciones a esta Audiencia Provincial, para la resolución del recurso planteado. El conocimiento y resolución del recurso correspondió al magistrado que suscribe, identificado en el encabezamiento.

Tercero

En el procedimiento se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

El litigio se refiere a los efectos del convenio marco de asistencia sanitaria derivada de accidente de tráfico para los ejercicios de 2.008 y 2.009.

La aseguradora Allianz, demandante en el litigio, pagó la rehabilitación a la que se sometió el conductor al que aseguraba, D. Juan Carlos, y reclama frente a Bilbao, aseguradora del responsable del siniestro, el reembolso de lo que abonó. La demandada no niega la responsabilidad de su asegurado en el siniestro, ni la asistencia prestada ni el pago de la misma por parte de Allianz. Pero sostiene que ésta no puede reclamar lo que pagó porque se lo impide el aludido convenio.

El Juzgado acogió la tesis de la demandada y desestimó la demanda.

Segundo

La demandante insiste en su recurso en que el centro de rehabilitación en que se prestó la asistencia no está adherido al convenio y, siendo así, ella puede repetir frente a la demandada. Esta sostiene lo contrario en su recurso, en el que afirma que de lo que se trata es de si ambas aseguradoras están o no adheridas al convenio y que el derecho a repetir no está relacionado con la adhesión o no del centro asistencial al convenio.

Evidentemente si no existiese el convenio ninguna duda habría respecto a la posibilidad de que Allianz reclamase lo que pagó por la asistencia prestada a su asegurado. El problema es que el convenio, después de imponer a cada aseguradora adherida la obligación de pagar la asistencia de los ocupantes del vehículo que asegura, prohíbe que reclame frente a la aseguradora del culpable del siniestro, salvo en...

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