SAP Madrid 416/2011, 31 de Octubre de 2011

PonenteMARIA DEL CARMEN GARCIA DE LEANIZ CAVALLE
ECLIES:APM:2011:13633
Número de Recurso543/2010
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución416/2011
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2011
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 8ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 8

MADRID

SENTENCIA: 00416/2011

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE MADRID

Sección 8 ª

1280A

FERRAZ, 41

N.I.G. 28000 1 7008870 /2010

RECURSO DE APELACION 543 /2010

Proc. Origen: JUICIO CAMBIARIO 789 /2008

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 12 de MADRID

De: Eusebio, SOLARES Y CONTRATAS S.L.

Procurador: MARÍA ROSALVA YANES PÉREZ

Contra: Manuel

Procurador: JULIÁN CABALLERO AGUADO

Ponente : ILMA. SRA. DÑA. CARMEN GARCÍA DE LEÁNIZ CAVALLÉ

SENTENCIA Nº 416

Magistrados:

ILMO. SR. D. JESÚS GAVILÁN LÓPEZ

ILMA. SRA. DÑA. CARMEN GARCÍA DE LEÁNIZ CAVALLÉ

ILMA. SRA. DÑA. DÑA. MARGARITA VEGA DE LA HUERGA

En Madrid, a treinta y uno de octubre de dos mil once. La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres. Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio cambiario nº 789/2008, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia número 12 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandante- apelado, D. Manuel, representado por el Procurador D. Julián Caballero Aguado, y de otra, como demandados-apelantes, D. Eusebio y la mercantil SOLARES Y CONTRATAS,S.L., ambos representados por la Procuradora Dña. María Rosalva Yanes Pérez.

VISTO, siendo Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dña. CARMEN GARCÍA DE LEÁNIZ CAVALLÉ .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 12 de Madrid, en fecha tres de marzo de dos mil diez, se dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

"Que DESESTIMANDO la demanda de OPOSICIÓN interpuesta por la procuradora de los Tribunales

D.ª María Rosalva Yánes Pérez, en nombre y representación de la mercantil Solares y Contratas, S.L. y D. Eusebio, frente a la demanda de Juicio Cambiario presentada en su contra por el procurador D. Julian Caballero Aguado en nombre y representación de D. Manuel, procede hacer los siguientes pronunciamientos:

  1. ) Se CONDENA a la entidad SOLARES Y CONTRATAS S.L . a abonar a D. Manuel, la cantidad de :

    50.544,15 Euros, de los que 43.800 Euros corresponden al importe de los efectos impagados y 6.744,15 Euros a los intereses devengados hasta el dia 01-07-08 al interés legal del dinero incrementado en dos puntos.

    Se CONDENA a D. Eusebio a abonar a D. Manuel, la cantidad de :

    32.163,56 Euros, de los que 28.000 euros corresponden al importe de los efectos impagados y 4.163,56 euros a los intereses devengados hasta el dia 01-07-08 al interés legal del dinero incrementado en dos puntos.

  2. ) Se CONDENA a la entidad SOLARES Y CONTRATAS S.L. al pago de los intereses moratorios vencidos, sobre 43.800 euros, al tipo del interés legal del dinero incrementado en dos puntos desde 01-07-08 hasta la fecha de la presente resolución, y, en su caso, los intereses de mora procesal previstos en el artículo 576 de la LEC, sobre la suma de todas las cantidades antes indicadas y hasta su completo pago.

    Se CONDENA a D. Eusebio el pago de los intereses moratorios vencidos, sobre 28.000 euros, al tipo de interés legal del dinero incrementado en dos puntos desde 01-07-08 hasta la fecha de la presente resolución, y, en su caso, los intereses de mora procesal previstos en el artículo 576 de la LEC, sobre la suma de todas las cantidades antes indicadas y hasta su completo pago.

  3. ) Se CONDENA a la mercantil Solares y Contratas S.L., y a D. Eusebio al pago de las costas causadas en este pleito."

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido, y, en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

No estimándose necesaria la celebración de vista pública para la resolución del presente recurso, quedó en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 27 de octubre del presente año.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El procedimiento del que este recurso trae causa se inició en virtud de demanda de juicio

cambiario instada por la representación procesal de D. Manuel contra la mercantil SOLARES Y CONTRATAS, S.L. y don Eusebio, en la que se solicitaba que, tras declarar la corrección formal de los títulos cambiarios que se acompañaban en la demanda, se requiriese de pago a los demandados para que en el plazo de 10 días abonasen a la demandante la cantidad de 43.800 #, de los cuales 28.000 # se encontraban avalados por don Eusebio ; admitida a trámite la demanda y requeridos de pago los demandados, se procedió por éstos a presentar demanda de oposición en la que, sustancialmente, se negaba la existencia de relación alguna con la actora y, en consecuencia, haber recibido suministro, entrega o circunstancia alguna que le sitúe como titular del derecho de crédito frente a la parte demandante, -falta de provisión de fondos-, alegándose igualmente la falsedad de los títulos presentados en su conjunto y totalidad, así como los importes y motivaciones de tenencia de los mismos.

Con fecha 3 marzo de 2010, el Juzgado de primera instancia número 12 de Madrid dictó sentencia desestimando la oposición formulada; esta resolución es recurrida en apelación por la demandante de oposición.

SEGUNDO

La sentencia recurrida rechazando, en primer lugar, y con fundamento en resoluciones de esta misma Audiencia Provincial, lo que fue la tercera alegación de la parte demandante de oposición sobre posible perjuicio de la letra número dos por estar librada en un efecto de timbre insuficiente, -por entender que...

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