SAP Barcelona 319/2011, 15 de Julio de 2011
Ponente | JORDI LLUIS FORGAS FOLCH |
ECLI | ES:APB:2011:9528 |
Número de Recurso | 115/2011 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 319/2011 |
Fecha de Resolución | 15 de Julio de 2011 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 15ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA
SECCIÓN DECIMOQUINTA
Rollo núm. 115/2011 - 1ª
Procedimiento Ordinario núm. 774/2008
Juzgado de Mercantil núm. 5 de BARCELONA
SENTENCIA núm.319/11
Ilustrísimos Señores Magistrados:
D. LUÍS GARRIDO ESPA
D. JORDI LLUÍS FORGAS FOLCH
D. JUAN F. GARNICA MARTÍN
En la ciudad de Barcelona, a quince de julio de dos mil once.
VISTOS en grado de apelación por la Sección Decimoquinta de esta Audiencia Provincial los presentes autos de Procedimiento Ordinario num. 774/2008 seguidos ante el Juzgado Mercantil número Cinco de esta Ciudad, a demanda de BLUSBOR SL contra Cayetano y CONFECCIONES MARESME SL pendientes en esta instancia al haber apelado el primero de los demandados la Sentencia que dictó el referido Juzgado el día quince de septiembre de dos mil diez.
Han comparecido en esta alzada la apelante representada por la Procuradora de los Tribunales Susana Bravo Sánchez y defendida por Letrado, así como la parte actora, en calidad de apelada, representada por el Procurador de los Tribunales Miguel Puig Serra Santacana y defendida por Letrado.
La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor siguiente: FALLO: Estimar la demanda promovida por BLUSBOR SL contra CONFECCIONS MARESME SL y Cayetano y condenar conjunta y solidariamente a ambos demandados al pago de 10.605,77 euros, con más los intereses legales desde la interpelación judicial hasta la presente resolución, momento a partir del cual se devengará el interés previsto en el art. 576 LEC, así como al pago de las costas procesales causadas en la presente instancia. >>
Contra la anterior sentencia interpuso recurso de apelación la referida parte litigante. Admitido en ambos efectos se dio traslado a la contraparte, que presentó escrito impugnándolo y solicitando la confirmación de la sentencia recurrida, tras lo cual elevaron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, en la que se turnaron a la Sección Decimoquinta, que señaló votación y fallo para el día dieciocho de mayo pasado.
Actúa como ponente el Magistrado Sr. JORDI LLUÍS FORGAS FOLCH
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El administrador de la sociedad demandada CONFECCIONES EL MARESME SL, el también codemandado Cayetano, recurre la sentencia de la primera instancia que le condenó, conjunta y solidariamente con la sociedad que administra, al pago de 10.605,77 euros reclamados en la demanda promovida por BLUSBOR SL.
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En su escrito de demanda la citada actora alegó que, como consecuencia de la relación comercial mantenida entre ambas sociedades, se libraron a su favor las siguientes facturas: i) en fecha 10 de marzo de 2008, por un importe de 2.963,63 euros, ii) en fecha 14 de abril de 2008 dos. por un importe de 3969, 52 euros, y de 2.552,58 euros y, (iii) en fecha 22 de abril de 2008 por un importe de 1.120,04 euros. Tales facturas resultaron impagadas por la sociedad demandada.
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...a quo. Tanmateix és abundant la jurisprudència que resolt aquesta qüestió de la mateixa forma, i així podem citar la SAP de Barcelona de 15 de juliol de 2011 quan "... Aun cuando dicho documento privado "certifica" por el mismo apelante la celebración de una junta de fecha 6 de agosto de 20......