SAP Barcelona 518/2011, 12 de Julio de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 518/2011 |
Fecha | 12 Julio 2011 |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA.
SECCIÓN SÉPTIMA.
ROLLO Nº125/2.011
PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº193/2.009
JUZGADO DE LO PENAL Nº2 DE GRANOLLERS
SENTENCIA Nº
Ilmos. Srs.:
D. LUÍS FERNANDO MARTÍNEZ ZAPATER.
D. DANIEL DE ALFONSO LASO.
D. GREGORIO Mª CALLEJO HERNANZ
En Barcelona, a 12 de julio de 2011.
VISTO, en nombre de S.M. el Rey, en grado de apelación, por esta SECCIÓN SÉPTIMA de la Audiencia Provincial de Barcelona, el presente Rollo de Apelación nº125/2.011, dimanante del Procedimiento Abreviado nº193/2.009, procedente del Juzgado de lo Penal nº2 de Granollers, seguido por delito de conducción sin permiso, en el que se dictó sentencia el día 9 de mayo de 2011. Ha sido parte apelante el procurador Sr. Salvans Fernández, en nombre y representación de Patricia ; y parte apelada El Ministerio Fiscal.
La parte dispositiva de la sentencia apelada, a la que se ha hecho mención en el anterior encabezamiento, es del siguiente tenor literal: " FALLO: Que debo condenar y condeno a lA acusada Patricia como autora de un delito de conducción sin permiso, con la circunstancia modificativa agravante de reincidencia, a la pena de 18 meses de multa con cuota diaria de 6 euros y responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, y costas" .
Notificada dicha resolución, contra la misma se interpuso recurso de apelación dentro del plazo legal de diez días (art. 795.1º, L.E .Criminal) por la parte apelante ya indicada en el encabezamiento de esta resolución. Admitido a trámite dicho recurso se cumplimentó por el Juzgado de lo Penal lo dispuesto en el art. 795.4º de la L.E .Criminal, de dar traslado del mismo a las demás partes que hubiere, por un plazo común de otros diez días, para que pudieran alegar lo pertinente en defensa de sus derechos. Transcurrido ese término, los autos se elevaron a esta Audiencia Provincial de Barcelona.
Turnada la causa -por adscripción del Juzgado de lo Penal- a esta Sección Séptima de la Audiencia, se dictó providencia ordenando la incoación del presente Rollo de Apelación, que fue numerado y registrado, designándose también al magistrado ponente con arreglo a criterios objetivos previamente establecidos (art. 203 de la L.O.P.J .); y, tras examinarse las diligencias y los escritos presentados, este Tribunal no consideró necesaria la celebración de vista en esta alzada (art. 795.6º de la L.E .Criminal), señalándose el día de hoy, para la deliberación y resolución del recurso de apelación interpuesto. Ha sido Magistrado ponente en la tramitación y resolución del presente Rollo de Apelación, el Ilmo. Sr. D. DANIEL DE ALFONSO LASO.
SE...
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