SAP Vizcaya 221/2011, 24 de Mayo de 2011

PonenteMARIA ELISABETH HUERTA SANCHEZ
ECLIES:APBI:2011:811
Número de Recurso58/2011
ProcedimientoRECURSO APELACIóN LEY DE ARRENDAMIENTOS URBANOS LEC 2000
Número de Resolución221/2011
Fecha de Resolución24 de Mayo de 2011
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 5ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA

Sección 5ª

BARROETA ALDAMAR 10 3ª planta- C.P. 48001

Tfno.: 94-4016666

Fax: 94-4016992

N.I.G. 48.06.2-09/009079

Arrend.urbano L2 58/11

O.Judicial Origen: UPAD 1ª Inst.e Instr.nº4 (Getxo)

Autos de Pro.ordinario L2 1/10

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Recurrente: Inocencio

Procurador/a: PATRICIA ZABALEGUI ANDONEGUI

Abogado/a: MARIA CARMEN RODRIGUEZ CUESTA

Recurrido: Lorenzo, Nemesio y Ricardo

Procurador/a: PAULA BASTERRECHE ARCOCHA, . REBELDE . y . REBELDE .

Abogado/a: ANGHARAD PAEZ MORALES, . REBELDE . y . REBELDE .

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SENTENCIA Nº 221/11

ILMOS/AS. SRES/AS.

D/Dña. MARIA ELISABETH HUERTA SANCHEZ

D/Dña. LEONOR CUENCA GARCIA

D/Dña. MAGDALENA GARCIA LARRAGAN

En BILBAO (BIZKAIA), a veinticuatro de mayo de dos mil once.

En nombre de S.M. el Rey, por la autoridad que le concede la Constitución..

Vistos por la Sección 5ª de esta Audiencia Provincial en grado de apelación, los presentes autos de Juicio Ordinario nº 1 de 2010, seguidos en primera instancia ante el Juzgado de primera instancia nº cuatro de Getxo y del que son partes, como demandante Doña Lorenzo, representada por la Procuradora DOña Paula Basterreche Arcocha y dirigida por la Letrada Doña Angharad Paez Morales y como demandados Don Ricardo y Doña Nemesio, ambos en situación de rebeldía y Don Inocencio, representado por la Procuradora Doña Patricia Zabalegui Andonegui y dirigido por la Letrada Doña Carmen Rodriguez Cuesta, siendo Ponente en esta instancia la Ilma Sra Magistrada Doña MARIA ELISABETH HUERTA SANCHEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se dan por reproducidos los antecedentes de la sentencia dictada.

PRIMERO

Por el juzgadora de primera instancia se dictó con fecha 27 de septiembre de 2010 sentencia, cuya parte dispositiva dice literalmente:"FALLO":

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Dña. Lorenzo, representada por la Procuradora Sra. Basterreche y asistida de la Letrado Sra. Páez, y como parte demandada D. Inocencio representado por la Procuradora Sra. Garayoa y asistida de la Letrado Sra. Rodríguez Cuesta, D. Ricardo y

D. Nemesio, ambos en situación legal de rebeldía procesal, debo condenar y condeno a la parte demandada a pagar a la actora la suma de 16.390 euros además de los intereses legales desde la interpelación judicial y la expresa condena en costas.

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelacion por la representación de Don Inocencio, admitido dicho recurso en ambos efectos se elevaron los autos a esta Audiencia, y se turnaron a esta Sección quinta, donde se formó el correspondiente rollo señalandose para votación y fallo del recurso el día 24 de mayo de 2011.

TERCERO

En la tramitación de estos autos en ambas instancias, se han observado las formalidades y términos legales, haciendose constar que la duración del soporte audiovisual del Juicio es de 18 minutos y 30 segundos.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La representación de Don Inocencio apela la sentencia dictada en primera instancia y solicita que se revoque la sentencia, ya que se ha prescindido total y absolutamente de las alegaciones realizadas por el recurrente, pues en enero de 2008 informó a la actora de que iba a resolver el contrato anticipadamente por su lamentable situación económica, proponiendo que un tercero se subrogara en el contrato y aunque la actora no acepto, le anunció que desalojaria el local en el mes de julio y así lo ha corroborado Don Alexander, quien además indicó que el local se desocupó en el mes de agosto, mientras que la testigo de la actora no ha contradicho las manifestaciones de este testigo pues si bien afirmó no haber estado presente en aquella reunión, no negó que dicha reunión hubiera podido mantenerse,...

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