SAP Barcelona 189/2011, 14 de Abril de 2011
Jurisdicción | España |
Fecha | 14 Abril 2011 |
Número de resolución | 189/2011 |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN DECIMOSÉPTIMA
ROLLO núm. 601/2010
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 6 GRANOLLERS
INCIDENTE DE OPOSICIÓN A LA EJECUCIÓN Nº 1588/2009
S E N T E N C I A nº 189/11
Iltmos. Sres.
D. JOSÉ ANTONIO BALLESTER LLOPIS
Dª. MARÍA PILAR LEDESMA IBÁÑEZ
Dª. MARÍA SANAHUJA BUENAVENTURA
En la ciudad de Barcelona, a catorce de abril de dos mil once.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoséptima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Incidente de oposición a la ejecución, número 1588/2009 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 6 Granollers, a instancia de BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. quien se encontraba debidamente representado por Procurador y asistido de Letrado, actuaciones que se instaron contra D. Roberto Y Pilar, quien igualmente compareció en legal forma mediante Procurador que le representaba y la asistencia de Letrado; actuaciones que penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación de BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. contra la Sentencia dictada en los mismos de fecha 18 de marzo de 2010, por el Sr/a. Juez del expresado Juzgado .
El fallo de la Sentencia recaída ante el Juzgado de instancia y que ha sido objeto de apelación, es del tenor literal siguiente: "FALLO:Que estimando la oposición formulada por la Procuradora de los Tribunales Doña Isabel Fuentes Angulo en representación de Roberto y Pilar DEBO DESESTIMAR Y DESESTIMO la demanda de juicio cambiario interpuesto por el procurador de los Tribuanales Don Ramón Davi Navarro en representación de la entidad BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. y ello con imposición de costas a la parte demandante.".
Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación de BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. y admitido se dio traslado del mismo al resto de las partes con el resultado que es de ver en las actuaciones, y tras ello se elevaron los autos a esta Audiencia Provincial.
De conformidad con lo previsto en la Ley, se señaló fecha para la celebración de la votación y fallo que tuvo lugar el pasado treinta de marzo de dos mil once.
En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales. VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr...
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