SAP Barcelona 30/2011, 7 de Febrero de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 30/2011 |
Fecha | 07 Febrero 2011 |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN CUARTA
ROLLO Nº 250/2010-J
JUICIO VERBAL DE DESAHUCIO Nº 766/2008
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 3 DE BARCELONA
S E N T E N C I A Nº 30/2011
Ilmos. Sres.
D. VICENTE CONCA PÉREZ
Dª. AMPARO RIERA FIOL
Dª. MIREIA RÍOS ENRICH
En la ciudad de Barcelona, a siete de febrero de dos mil once
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Verbal de Desahucio nº 766/2008, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Barcelona, a instancia de Dª. Florencia, representada por la Procuradora de los Tribunales Dª. CRISTINA BORRÁS MOLLAR, contra D. Fermín, representado por el Procurador de los Tribunales D. ROGER GARCIA GIRBÉS, y contra IGNORADOS OCUPANTES DE FINCA DE C/ DIRECCION000 Nº NUM000 DE BARCELONA, no comparecidos en autos ni en esta alzada; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada comparecida contra la Sentencia dictada en los mismos el día 13 de noviembre de 2009, por el/la Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO:
Que estimando la demanda formulada por la representación de D/Dª Florencia contra los Ignorados ocupantes de la Finca c/ DIRECCION000 nº NUM000 de Barcelona y Fermín, debo declarar y declaro que los demandados ocupan en precario la vivienda sita en DIRECCION000 nº NUM000 de Barcelona, condenando a los demandados a dejar la vivienda a disposición de la actora, apercibiéndoles de lanzamiento si no lo realizan en el plazo legal. Todo ello con imposición a los demandados de las costas procesales causadas.".
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada comparecida mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso al mismo; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día 20 de enero de 2011.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. VICENTE CONCA PÉREZ.
La actora, Dª Florencia, propietaria de la casa sita en la DIRECCION000, NUM000 de esta ciudad, ejercita acción de desahucio por precario frente contra los desconocidos ocupantes de la misma, al carecer los mismos de título alguno que legitime su posesión. Dice que ha tenido noticia por vecinos de que diversas personas se han instalado en la casa de su propiedad, al parecer pertenecientes al movimiento okupa, sin que haya sido posible su desalojo por otras vías.
Admitida a trámite la...
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