SAP Barcelona 30/2011, 7 de Febrero de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución30/2011
Fecha07 Febrero 2011

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN CUARTA

ROLLO Nº 250/2010-J

JUICIO VERBAL DE DESAHUCIO Nº 766/2008

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 3 DE BARCELONA

S E N T E N C I A Nº 30/2011

Ilmos. Sres.

D. VICENTE CONCA PÉREZ

Dª. AMPARO RIERA FIOL

Dª. MIREIA RÍOS ENRICH

En la ciudad de Barcelona, a siete de febrero de dos mil once

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Verbal de Desahucio nº 766/2008, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Barcelona, a instancia de Dª. Florencia, representada por la Procuradora de los Tribunales Dª. CRISTINA BORRÁS MOLLAR, contra D. Fermín, representado por el Procurador de los Tribunales D. ROGER GARCIA GIRBÉS, y contra IGNORADOS OCUPANTES DE FINCA DE C/ DIRECCION000 Nº NUM000 DE BARCELONA, no comparecidos en autos ni en esta alzada; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada comparecida contra la Sentencia dictada en los mismos el día 13 de noviembre de 2009, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO:

Que estimando la demanda formulada por la representación de D/Dª Florencia contra los Ignorados ocupantes de la Finca c/ DIRECCION000 nº NUM000 de Barcelona y Fermín, debo declarar y declaro que los demandados ocupan en precario la vivienda sita en DIRECCION000 nº NUM000 de Barcelona, condenando a los demandados a dejar la vivienda a disposición de la actora, apercibiéndoles de lanzamiento si no lo realizan en el plazo legal. Todo ello con imposición a los demandados de las costas procesales causadas.".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada comparecida mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso al mismo; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 20 de enero de 2011.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. VICENTE CONCA PÉREZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La actora, Dª Florencia, propietaria de la casa sita en la DIRECCION000, NUM000 de esta ciudad, ejercita acción de desahucio por precario frente contra los desconocidos ocupantes de la misma, al carecer los mismos de título alguno que legitime su posesión. Dice que ha tenido noticia por vecinos de que diversas personas se han instalado en la casa de su propiedad, al parecer pertenecientes al movimiento okupa, sin que haya sido posible su desalojo por otras vías.

Admitida a trámite la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
101 sentencias
  • AAP Toledo 158/2017, 29 de Noviembre de 2017
    • España
    • 29 Noviembre 2017
    ...en este caso en el que se designa el domicilio en que pueden ser citados." También la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Barcelona en su sentencia 30/2011 de 7 de febrero consideró bien constituida una litis con la mención a los "ignorados ocupantes". Y asimismo la Sección Decimoc......
  • AAP Toledo, 8 de Julio de 2019
    • España
    • 8 Julio 2019
    ...en este caso en el que se designa el domicilio en que pueden ser citados." También la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Barcelona en su sentencia 30/2011 de 7 de febrero consideró bien constituida una litis con la mención a los "ignorados ocupantes". Y asimismo la Sección Decimoc......
  • AAP Toledo, 25 de Septiembre de 2019
    • España
    • 25 Septiembre 2019
    ...en este caso en el que se designa el domicilio en que pueden ser citados." También la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Barcelona en su sentencia 30/2011 de 7 de febrero consideró bien constituida una litis con la mención a los "ignorados ocupantes". Y asimismo la Sección Decimoc......
  • AAP Toledo 122/2020, 15 de Mayo de 2020
    • España
    • 15 Mayo 2020
    ...en este caso en el que se designa el domicilio en que pueden ser citados." También la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Barcelona en su sentencia 30/2011 de 7 de febrero consideró bien constituida una litis con la mención a los "ignorados ocupantes". Y asimismo la Sección Decimoc......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR