SAP Álava 54/2011, 4 de Febrero de 2011

PonenteEDMUNDO RODRIGUEZ ACHUTEGUI
ECLIES:APVI:2011:83
Número de Recurso483/2010
ProcedimientoRECURSO APELACIóN PROCEDIMIENTO ORDINARIO LEC 2000
Número de Resolución54/2011
Fecha de Resolución 4 de Febrero de 2011
EmisorAudiencia Provincial - Álava, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALAVA ARABAKO PROBINTZIA AUZITEGIA

Sección / Sekzioa: 1ª/1.

AVENIDA GASTEIZ 18-2ª planta - C.P./PK: 01008 Tel.: 945-004821

Fax / Faxa: 945-004820

N.I.G. / IZO : 01.02.2-09/010161

A.p.ordinario L2 / 483/2010

O. judicial origen / Jatorriko Epaitegia : Juzgado de 1ª Instancia nº 4 (Vitoria) / Lehen Auzialdiko 4 zk.ko Epaitegia (Gasteiz)

Autos de 785/2009 (e) ko autoak

Recurrente/Errekurtsogilea: PAVIAL NORTE S.L.

Procurador / Prokuradorea: D. JULIÁN SÁNCHEZ ALAMILLO

Abogado / Abokatua: D. DAVID IZQUIERDO

Recurrido / Errekurritua: ROTULOS ROA S.L.

Procurador / Prokuradorea: Dª ISABEL GÓMEZ PÉREZ DE MENDIOLA

Abogado / Abokatua: Dª MARTA MANSO

APELACIÓN CIVIL

La Audiencia Provincial de Vitoria-Gasteiz compuesta por los Ilmos. Sres. Dª Mercedes Guerrero Romeo, Presidenta, D. Iñigo Madaria Azcoitia y D. Edmundo Rodríguez Achútegui, Magistrados, ha dictado el día cuatro de febrero de dos mil once

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A Nº 54/11

El recurso de apelación civil Rollo de Sala nº 483/2010, procedente del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Vitoria-Gasteiz,

derivado de los Autos de Procedimiento Ordinario nº 785/09, ha sido promovido por PAVIAL NORTE S.L., representada por el

Procurador de los Tribunales D. JULIÁN SÁNCHEZ ALAMILLO, asistido del letrado D. DAVID IZQUIERDO, frente a la sentencia

dictada el 26 de enero de 2010. Es parte apelada ROTULOS ROA S.L., representado por la Procuradora de los TribunalesDª ISABEL GÓMEZ PÉREZ DE MENDIOLA, asistida de la letrada Dª MARTA MANSO. Actúa como ponente el Sr. Magistrado D.

Edmundo Rodríguez Achútegui.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia núm. 4 de Vitoria-Gasteiz se dictó el 10 de enero de 2010 sentencia en juicio ordinario nº 785/2009 cuya parte dispositiva dice:

" DEBO DECLARAR Y DECLARO Estimar sustancialmente la demanda formulada por el procurador Sra. Gómez Pérez de Mendiola en representación de la mercantil "Rótulos Roa SL" contra la mercantil "Pavial Norte SL" y, en su virtud, CONDENAR a ésta última a que abone a la actora la cantidad de 4.684,08, más los intereses legales desde la interposición de la demanda. Con expresa imposición de costas a la parte demandada ".

SEGUNDO

Frente a la anterior resolución, se interpuso recurso de apelación por la representación de PAVIAL NORTE S.L., alegando:

  1. - Incorrecta valoración de la prueba que concluyó que hubo encargo de realizar varios rótulos para promocionar un evento deportivo, ya que el gerente de la sociedad que supuestamente realizó el encargo niega haberlo hecho.

  2. - Infracción jurídica por no apreciar la consecuente falta de legitimación pasiva de la sociedad demandado, que no hizo encargo con independencia de lo que haya hecho uno de sus socios.

  3. - Infracción legal por condenar a quien ningún encargo realizó respecto de la obra que reclama.

TERCERO

El recurso se tuvo por interpuesto mediante providencia de 8 de junio de 2010, dándose el correspondiente traslado a la contraparte por diez días para alegaciones, presentando la representación de ROTULOS ROA S.L. escrito de oposición al recurso presentado de contrario, elevándose posteriormente los autos a esta Audiencia Provincial.

CUARTO

Recibidos los autos en la Secretaría de esta Sala, con fecha 13 de septiembre de 2010 se mandó formar el Rollo de apelación, registrándose y turnándose la ponencia al Sr. Magistrado D. Edmundo Rodríguez Achútegui.

QUINTO

En providencia de 9 de diciembre de 2010 se acordó citar para deliberación, votación y fallo el día 1 de febrero de 2011.

SEXTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales fundamentales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Sobre la legitimación pasiva

Sostiene el apelante que no hay legitimación pasiva para reclamar, que funda esencialmente en que no acepta la factura por no haberse encargado el trabajo, que además queda fuera de su objeto social. El recurrente admite que el interrogatorio del representante legal de PAVIAL NORTE S.L. acredita que ROTULOS ROA S.L. había realizado trabajos para rotular o anunciar la actividad de la apelante, en las furgonetas que utiliza para su actividad de pavimentación dentro del sector de la construcción.

Lo que se reclama es la confección de carteles y rótulos que sirvieron para patrocinar en Vitoria-Gasteiz un evento en el centro comercial EL BULEVAR el 22 de diciembre de 2007, el Rally Dakar, como aparece con la documental aportada con la...

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