SAP Sevilla 534/2011, 19 de Diciembre de 2011

PonenteCONRADO GALLARDO CORREA
ECLIES:APSE:2011:3512
Número de Recurso3565/2011
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución534/2011
Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2011
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 5ª

Rollo n.º 3565/2011

131

S E N T E N C I A

Ilmos. Sres.:

Don Juan Márquez Romero

Don Conrado Gallardo Correa

Don Fernando Sanz Talayero

En la ciudad de Sevilla a 19 de diciembre de 2.011.

Vistos por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Sevilla los autos de juicio ordinario n.º 886/2009 sobre reclamación de 11.824,34 # por trabajos realizados para la demandada en una obra, que procedentes del Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Sevilla, penden en grado de apelación ante este Tribunal, promovidos por KISSKO DEMOLICIONES TÉCNICAS, S.L., CIF B 92680420, con domicilio social en Mijas Costa (Málaga), representada por la Procuradora Doña Sara González Gutiérrez y defendida por el Abogado Don Juan Luis Muñoz Tello, contra D'IURE INTER GESTIÓN, S.L., CIF B 41820051, con domicilio social en Sevilla, representada por el Procurador Don Juan Antonio Moreno Cassy y defendida por el Abogado Don Alonso Heraclio Gómez Rosado. Habiendo venido los autos originales a este Tribunal en méritos del recurso de apelación interpuesto por la segunda de las mencionadas partes contra la sentencia proferida por el expresado Juzgado en fecha 28 de octubre de 2.010, resultan los siguientes antecedentes de hecho y fundamentos de derecho.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada, cuya parte dispositiva dice literalmente:

" Que desestimando la oposición planteada por el procurador Juan Antonio Moreno Cassy en nombre y representación de D'Iure Intergestión S.L. en relación a la pretensión deducida en su contra en la demanda de proceso monitorio presentada por Demoliciones Técnicas S.L., representada por la procuradora Sara González Gutiérrez, declaro que la citada D'Iure Intergestión S.L. adeuda a Demoliciones Técnicas S.L. la cantidad de 11.824,34 euros, condenándola en consecuencia al pago de esa suma más los intereses rendidos de conformidad con lo indicado en el fundamento jurídico tercero que aún no han sido liquidados por parte actora, ello con imposición de costas causadas en este juicio ordinario a D'Iure Intergestión S.L., con expresa declaración de temeridad al respecto ".

Segundo

Contra la anterior sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada, y admitido el mismo, tras formular escrito de oposición la parte actora, se elevaron seguidamente los autos originales a este tribunal, e iniciada la alzada y seguidos todos los trámites se señaló el día 19 de diciembre de 2.011 para la deliberación y fallo.

Vistos, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Conrado Gallardo Correa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

La parte demandada recurre la sentencia que desestima la demanda alegando, en esencia, que ella contrató la obra con una entidad distinta a la actora, siendo dicha entidad la que debió...

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