SAP Soria 163/2010, 29 de Noviembre de 2010

PonenteRAFAEL FERNANDEZ MARTINEZ
ECLIES:APSO:2010:281
Número de Recurso144/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución163/2010
Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Soria, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

SORIA

SENTENCIA: 00163/2010

AUDIENCIA PROVINCIAL DE SORIA

ROLLO APELACION CIVIL: RECURSO DE APELACION (LECN) 144/10

Juzgado procedencia : JDO.1A.INST.E INSTRUCCION SORIA Nº 1

Procedimiento de origen : Procedimiento Ordinario nº 582/09

SENTENCIA CIVIL Nº 163/2010

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE:

JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ GRECIANO

MAGISTRADOS:

MARÍA BELÉN PÉREZ FLECHA DÍAZ

RAFAEL FERNÁNDEZ MARTÍNEZ

==================================

En Soria, a veintinueve de noviembre de dos mil diez.

Esta Audiencia Provincial de Soria, ha visto el recurso de apelación civil arriba indicado, dimanante de los Autos de Procedimiento Ordinario nº 582/09, contra la sentencia dictada por el JDO.1A.INST.E INSTRUCCIÓN SORIA Nº 1, siendo partes:

Como apelante y demandante Arcadio representado por el Procurador Sra. Lavilla Campo, y asistido por el Letrado Sr. Lucas Santolaya.

Y como apelado y demandado Fabio representado por el Procurador Sr. Pérez Marco y asistido por el Letrado Sr. Alonso Jiménez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de instancia se dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "Se desestima la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dª Elena Lavilla Campo, en nombre y representación de D. Arcadio contra D. Fabio, en consecuencia se absuelve a la parte demandada de las pretensiones ejercitadas en su contra. Se imponen a la parte actora las costas causadas en esta instancia."

SEGUNDO

Dicha sentencia, se recurrió en apelación por la parte demandante Arcadio, dándose traslado del mismo a las partes, remitiéndose las actuaciones a esta Audiencia Provincial de Soria, donde se formó el Rollo de Apelación Civil nº 144/10, y habiéndose solicitado el recibimiento a prueba en segunda instancia, se dictó Auto de fecha 8-11-10, denegando dicha prueba y no estimándose necesaria la celebración de vista oral, quedaron los autos conclusos, en virtud de lo preceptuado en el art. 465.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, para dictar sentencia.

Es Ponente el Magistrado Suplente D. RAFAEL FERNÁNDEZ MARTÍNEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la parte actora se interpuso demanda de juicio ordinario contra el demandado solicitando la condena del mismo a abonar al actor la cantidad de 8000 euros más los intereses legales correspondientes. Se alega por la parte demandante que el demandado ha contraído una deuda dineraria con el actor, tal como consta en el documento de reconocimiento de deuda suscito por el demandado el día 28 de enero de 2009.

La parte demandada se opuso a los pedimentos deducidos de contrario, alegando que por el actor no es explica el origen de la deuda reclamada, ni su causa, así alega como el documento de reconocimiento de deuda aportado por el actor fue firmado por el demandado, no en su nombre sino como representante legal de la mercantil Construcciones Sainz Largo S.L. ya que no existe relación alguna entre la partes ajena a la laboral con dicha mercantil.

La sentencia dictada en primera instancia desestimó la demanda absolviendo al demandado de todos los pedimentos formulados en su contra.

Contra la sentencia de instancia se interpuso por el actor recurso de apelación invocando al efecto error en la valoración de la prueba por el Juez de instancia ya que el documento de reconocimiento de deuda presentado con el número dos con la demanda trae causa del ofrecimiento que el demandado hizo al actor para mediar en las gestiones necesarias para traer legalmente a España a tres trabajadores de Marruecos.

SEGUNDO,- De acuerdo con el artículo 1089,1091 y concordantes del Código Civil se estipula que las obligaciones contractuales, deben cumplirse teniendo fuerza ce ley, entre las partes debiendo ser cumplidas en sus propios términos. En igual sentido el ...

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