SAP Málaga 586/2012, 8 de Noviembre de 2012

PonenteJOSE JAVIER DIEZ NUÑEZ
ECLIES:APMA:2012:2627
Número de Recurso328/2011
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución586/2012
Fecha de Resolución 8 de Noviembre de 2012
EmisorAudiencia Provincial - Málaga, Sección 6ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA. SECCIÓN SEXTA.

JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO UNO DE MÁLAGA.

JUICIO ORDINARIO NÚMERO 47/2006.

ROLLO DE APELACIÓN NÚMERO 328/2011.

SENTENCIA Nº 586/2012

Iltmos. Sres.:

Presidente:

Don José Javier Díez Núñez

Magistradas:

Doña María Inmaculada Suárez Bárcena Florencio

Doña Soledad Jurado Rodríguez

En la Ciudad de Málaga, a ocho de noviembre de dos mil doce. Vistos, en grado de apelación, ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial, los autos de juicio ordinario número 47 de 2006, procedentes del Juzgado de lo Mercantil número Uno de Málaga, sobre disolución societaria, seguidos a instancia de don Jesús

, representado en esta alzada por el Procurador de los Tribunales don Rafael Rosa Cañadas y defendido por el Letrado don Fernando Sánchez Jiménez, contra la entidad mercantil "Depuradora y Mariscos de Andalucía S.L." (DEPURAMAR S.L.), declarada procesalmente en rebeldía, y contra don Marino, representado en esta alzada por la Procuradora de los Tribunales doña Ana María Gómez Tienda y defendido por el Letrado don Julio Álvarez de Toledo y Liñán; actuaciones procesales que se encuentran pendientes ante esta Audiencia en virtud de recurso de apelación interpuesto por el codemandado personado contra la sentencia definitiva dictada en el citado juicio.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Ante el Juzgado de lo Mercantil número Uno de Málaga se siguió juicio ordinario número 47/2006, del que este Rollo de Apelación dimana, en el que con fecha veinticuatro de julio de dos mil ocho se dictó sentencia definitiva en la que se acordaba en su parte dispositiva: FALLO: Que estimo totalmente la demanda presentada por el/la procurador Sr./a D./doña Rosa Cañadas en nombre y representación de D. Jesús, defendida por el/la abogado/a D./doña Sánchez Jiménez contra Depuradora y Mariscos de Andalucía S.L., en rebeldía y D. Marino representado por el/la procurador/a D./doña Gómez Tienda y defendido por el abogado Sr./a Álvarez de Toledo y en consecuencia: Primero: Declaro la disolución de la sociedad Depuramar S.L. por paralización de los órganos sociales. Segundo: Acuerdo la apertura del proceso liquidatorio de la sociedad que se llevará a efecto por un tercero ajeno a la sociedad designado por mutuo acuerdo entre los socios en fase de ejecución. En caso de no existir acuerdo entre los socios procede su insaculación de entre la lista de peritos economistas por el orden que corresponda conforme a las listas de este juzgado. Tercero: Debo condenar y condeno a los demandados a estar y pasar por las anteriores declaraciones. Cuarto: Con expresa imposición de costas a los demandados. SEGUNDO .- Contra la referida sentencia, en tiempo y forma, preparó e interpuso recurso de apelación la representación procesal de la parte demandada, siendo impugnada en su fundamentación por la adversa demandante, remitiéndose seguidamente las actuaciones originales, previo emplazamiento de las partes, a esta Audiencia en donde al solicitarse práctica probatoria y considerarse la misma pertinente, se dispuso su unión, y al ser innecesaria la celebración de vista pública, se señaló día para deliberación del tribunal, quedando a continuación conclusas las actuaciones para el dictado de sentencia.

TERCERO

En la tramitación de este recurso han sido observados y cumplidos los requisitos y presupuestos procesales previstos por la Ley, habiendo sido designado Magistrado Ponente el Iltmo. Sr. don José Javier Díez Núñez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

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