SAP Barcelona 624/2014, 23 de Septiembre de 2014

PonenteFRANCISCO JAVIER PEREDA GAMEZ
ECLIES:APB:2014:10743
Número de Recurso680/2013
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución624/2014
Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 18ª

SENTENCIA N. 624/14

Barcelona, veintitres de septiembre de dos mil catorce Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Decimoctava Magistrados:

Francisco Javier Pereda Gámez (Ponente)

Margarita Noblejas Negrillo

María Dolors Viñas Maestre

Rollo n.: 680/2013

Modificación de medidas (unión matrimonial) n.: 973/2011 Procedencia: Juzgado de Primera Instancia n. 2 de Manresa Objeto del recurso: extinción de alimentos de hijo menor de edad Motivo del recurso: error en la valoración de la prueba

Apelante: Victoriano

Abogado: V. Deosdad Crespo

Procurador: B. García Martínez

Apelado: Isabel

Abogado: C. Blanes Peña

Procurador: R. Mª Carreras Cano

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. RESUMEN DEL PLEITO DE PRIMERA INSTANCIA

    El día 9 de noviembre de 2011 el Sr. Victoriano presentó demanda de modificación de medidas de separación en la que solicitaba que se dicte sentencia por la que se declare la extinción de los alimentos establecidos a favor de sus dos hijas y su contribución a gastos extraordinarios. Relata que el año 2005 se dictó sentencia de separación que aprobó convenio en el que asumió la obligación de pagar 400 euros para las dos hijas, ahora ya mayores de edad y con trabajo. Añade que está en el desempleo y ha cobrado 973 euros al mes hasta diciembre de 2011.

    La Sra. Isabel no ha contestado a la demanda y el día del juicio dice que el padre no paga y que ella ha sido despedida. Añade que la hija Sofía estudia peluquería, sin retribución.

    La sentencia recurrida, de fecha 14 de marzo de 2013, considera acreditado que el padre gana menos y que la hija mayor trabaja y en suma estima parcialmente la demanda y modifica la sentencia dictada el 22 de junio de 2005, en los autos de separación 68/05 de este Juzgado en el sentido de: 1) Se deja sin efecto la pensión de alimentos establecida a favor de la hija mayor Felicisima ; 2) Se reduce la pensión de alimentos a favor de la hija aún menor Sofía a la suma de 150.-#/mes; 3) Se mantienen el resto de pronunciamientos de la sentencia de separación. No hace pronunciamiento en cuanto a las costas.

  2. CUESTIONES PLANTEADAS EN EL RECURSO DE APELACIÓN

    El recurrente Sr. Victoriano argumenta que no puede atender a su propia subsistencia pagando 150 euros a la hija menor. Repite la demanda, invoca diversas formulaciones jurídicas en sustento de su pretensión y dice que concurre error en la apreciación de la prueba.

    La parte apelada se opone y defiende la sentencia. Reitera que la hija menor no trabaja.

  3. TRÁMITES EN LA SALA

    El asunto se ha registrado en la Sección el día 12 de julio de 2013. Se ha señalado el día 23 de septiembre de 2014 para deliberación, votación y fallo. Esta resolución no se ha dictado en el término previsto en el artículo 465.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil debido a causas estructurales, lo que se hace constar a los efectos del artículo 211.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
  1. LOS ALIMENTOS DE LA HIJA MENOR

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