AAP Barcelona 78/2014, 24 de Marzo de 2014

PonenteRAMON VIDAL CAROU
ECLIES:APB:2014:207A
Número de Recurso430/2013
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución78/2014
Fecha de Resolución24 de Marzo de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

SECCIÓN PRIMERA

ROLLO núm. 430/13

Procedimiento de Incidente general núm. 72/94

Tramitado por el Juzgado de Primera Instancia Núm. UNO de L'Hospitalet de Llobregat

A U T O Nº 78

Barcelona, veinticuatro de marzo de dos mil catorce.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Barcelona, formada por los Magistrados Dª Mª Dolors PORTELLA LLUCH, Dª Antonio RECIO CORDOVA y D. Ramón VIDAL CAROU, actuando la primera de ellos como Presidente del Tribunal, ha visto el recurso de apelación núm. 430/13 interpuesto contra el auto dictado el día 5.02.13 en el procedimiento núm. 72/94, tramitado por el Juzgado de Primera Instancia Núm. UNO de L'Hospitalet de Llobregat en el que es recurrente Elsa y apelado BANCO ESPAÑOL DE CRÉDITO S.A. previa deliberación pronuncia en nombre de S.M. el Rey de España la siguiente resolución.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El auto antes señalado, tras los correspondientes Fundamentos de Derecho, establece en su parte dispositiva lo siguiente: "DISPONGO desestimar la impugnación de intereses interpuesta por la Procuradora Sra. García Gómez en representación de Dª Elsa contra la liquidación de intereses presentada por el Procurador Sr. Feixó Bergada en representación de BANESTO, con imposición de las costas causadas en este incidente a Dª Elsa ."

SEGUNDO

Las partes antes identificadas han expresado en sus respectivos escritos de apelación y, en su caso, de contestación, las peticiones a las que se concreta su impugnación y los argumentos en los que las fundamentan, que se encuentran unidos a los autos.

Fundamenta la decisión del Tribunal el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente .D. Ramón VIDAL CAROU.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Antecedentes y objeto del contrato

Contra el auto que, desestimando por extemporánea la impugnación por abusividad formulada por los deudores, aprobaba la liquidación de intereses presentada por el BANCO ESPAÑOL DE CREDITO se formulaba recurso de apelación por dichos deudores para insistir en la nulidad de la cláusula de intereses moratorios al 27,5 % pactada en el contrato de préstamo invocando expresamente la obligatoriedad del control judicial de dichas cláusulas en los contratos celebrados con los consumidores, citando al efecto varias sentencias del TJUE.

SEGUNDO

La liquidación de intereses

Dado que por el Juzgado de Primera Instancia y por la propia entidad de crédito se rechaza que un incidente de liquidación de intereses pueda ser cauce procesal adecuado para plantear la nulidad de una cláusula abusiva al entender que debó la parte plantearse dicha cuestión en el proceso principal de ejecución (tesis del Juzgado) e infringir además su planteamiento en la actualidad la cosa juzgada debiendo el Juzgado limitarse a dar cumplimiento a la resolución judicial en sus estrictos términos y la misma condenaba a los prestatarios al pago del principal adeudado con más los intereses convencionales pactados (tesis de la entidad de crédito), hemos de señalar que, dada la contundente jurisprudencia comunitaria acerca del deber que pesa sobre los juzgados y tribunales de controlar las cláusulas contrarias a la Directiva 93/13/CEE y la más que dudosa posibilidad de poder haberse planteado con anterioridad el examen de su abusividad, entendemos que este incidente puede ser un cauce procesal válido para efectuar dicha evaluación.

En efecto, de una parte nos encontramos con una liquidación de intereses que se sitúa en el marco de la ejecución de una sentencia de remate y conviene recordar que, bajo el imperio de la LECi de 1881, como ya decíamos en nuestro auto de 30 de septiembre de 2013 (rollo 670/12 ), en el proceso ejecutivo de la LEC 1881 LECi no era cuestión pacífica que, dado el carácter limitado que tenían las causas de oposición (art. 1464 a 1467 ), pudiera plantearse...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR