SAP Huelva 99/2014, 14 de Julio de 2014

PonenteSANTIAGO GARCIA GARCIA
ECLIES:APH:2014:854
Número de Recurso40/2014
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución99/2014
Fecha de Resolución14 de Julio de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Huelva, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA

Sección Primera

RECURSO: Recurso de APELACION 40/14

Proc. Origen: Ordinario 799/11

Juzgado Origen : 1ª Instancia num. 1 de La Palma del Condado SENTENCIA

Iltmos. Sres. Magistrados:

D. ANTONIO GERMÁN PONTÓN PRÁXEDES

D. SANTIAGO GARCIA GARCIA (Ponente)

D. FRANCISCO BELLIDO SORIA

En Huelva, a catorce de Julio del año dos mil catorce.-La Sección Primera de esta Audiencia Provincial, compuesta por los Magistrados indicados y bajo la ponencia del Ilmo. Sr. D. SANTIAGO GARCIA GARCIA ha visto en grado de apelación el juicio ordinario num. 799/11 del Juzgado de 1ª Instancia num. 1 de La Palma del Condado, en virtud de recurso interpuesto por Allianz Seguros, representada por la Procuradora Doña Remedios García Aparicio y defendida por el Letrado Don José Joaquín Romero Romero; siendo apelado Don Rubén, representado por la Procuradora Doña Mª Antonia Díaz Guitart y defendido por el Letrado Don Alberto López García.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los correspondientes de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Por el Juzgado de Primera Instancia indicado, con fecha 19 de Diciembre de 2013 se

dictó sentencia parcialmente estimatoria de la demanda interpuesta.

TERCERO

Contra la anterior se interpuso recurso de apelación por la demandada, que fue admitido en ambos efectos, y dado traslado a las demás partes, informaron a favor de sus pretensiones, y remitidos los autos a esta Audiencia, quedaron para su resolución previa deliberación y votación señalada para el pasado día 26 de Marzo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente al beneficiario asegurado demandante de daños en local por incendio, la oposición

de la aseguradora demandada se centra ahora en esta apelación en pedir una reducción de la indemnización concedida, postulando que se supriman las partidas correspondientes a "demolición de solería y reposición de ésta en 95 metros cuadrados" y "colocación de plintos" valoradas en un total de 6.850 euros, porque pasan mas de tres años sin que las mismas se hayan ejecutado, como reconoce la propia parte.

Con ello se opone a la acción de exigencia de responsabilidad, en base a considerar que está excluida de cobertura en el art. 4 c) 4º de las Condiciones Generales y Particulares de la póliza suscrita porque no se contempla el pago de indemnización si no se hace la reparación por el asegurado o damnificado en el plazo de dos años y así lo acredita con factura o certificado de obra. Estima que no es cláusula limitativa de derechos sino requisito de cobertura. Entiende además que adelantar el pago...

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