SAP Madrid 863/2014, 29 de Diciembre de 2014
Ponente | MIGUEL HIDALGO ABIA |
ECLI | ES:APM:2014:18359 |
Número de Recurso | 1912/2014 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 863/2014 |
Fecha de Resolución | 29 de Diciembre de 2014 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 16ª |
Sección nº 16 de la Audiencia Provincial de Madrid
C/ Santiago de Compostela, 96 - 28071
Teléfono: 914934586,914933800
Fax: 914934587
REC ATP
37051540
N.I.G.: 28.079.00.1-2014/0035248
Apelación Sentencias Procedimiento Abreviado 1912/2014
Origen :Juzgado de lo Penal nº 15 de Madrid
Procedimiento Abreviado 422/2013
Apelante: D./Dña. Felicisimo y ASOCIACION VIGIAS VIGILANTES ASOCIADOS Procurador D./Dña. INES TASCON HERRERO
Apelado: D./Dña. Florentino
Procurador D./Dña. MARIA ESPERANZA AZPEITIA CALVIN
AUDIENCIA PROVINCIAL MADRID
SECCION DECIMOSEXTA
Rollo de Apelación nº RAA 1912/14
Juzgado Penal nº 15 de Madrid
Procedimiento Abreviado 422/13
SENTENCIA Nº 863/14
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
ILTMOS. SRES. DE LA SECCION DECIMOSEXTA
D. MIGUEL HIDALGO ABIA (PRESIDENTE)
D. DAVID CUBERO FLORES.
D. JAVIER MARIANO BALLESTEROS MARTIN
En Madrid, a Veintinueve de diciembre de dos mil catorce.
Vistas, en segunda instancia, ante la Sección XVI de esta Audiencia Provincial, las diligencias del Procedimiento Abreviado 422/13, procedentes del Juzgado de lo Penal 15 de Madrid, seguidas por delito de calumnias, venidas al conocimiento de esta Sección en virtud del recurso de apelación que autoriza el artículo 796.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, interpuesto en tiempo y forma por la procuradora Inés Tascón Herrero, en representación de Felicisimo y Asociación Vigias, contra la sentencia pronunciada por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de lo Penal 15 de Madrid, con fecha 13-10-2014 ; habiendo sido partes en la sustanciación del recurso dicho apelante y como parte apelada el Ministerio Fiscal y la Procuradora Esperanza Azpeitia Calvin en nombre y representación de Florentino ; siendo Ponente el ilustrísimo señor Magistrado don MIGUEL HIDALGO ABIA, Presidente de esta Sala.
Por el indicado Juzgado de lo Penal se dictó sentencia el 13-10-14 -2014, que contiene parte dispositiva del tenor literal siguiente:
"FALLO: Que estimando la cuestión previa de prescripción alegada, ABSUELVO a Florentino, ya circunstanciado del delito continuado de injurias graves con publicidad y del delito de calumnias con publicidad, previstos y penados, en los arts 205, 206, 208, 209 y 211 del Código Penal, respectivamente, de los que venía siendo acusado.
Contra la anterior resolución por la procuradora doña Inés Tascón Herrero Sánchez, en representación de don Felicisimo y Asociacion Vigias, se interpuso recurso de apelación y admitido a trámite dicho recurso, fueron elevadas las actuaciones ante esta Audiencia Provincial, señalándose hora y día para su deliberación.
En la tramitación del recurso se han cumplido las prescripciones legales. II - HECHOS PROBADOS
Se aceptan los hechos probados de la Sentencia recurrida que se dan por reproducidos.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
AAP Vizcaya 90073/2018, 20 de Febrero de 2018
...se citan, la SAP Barcelona, Secc. 6ª, 644/2013, de 1 de julio, la SAP Granada, Secc. 1ª, 278/2014, de 20 de mayo, la SAP Madrid, Secc. 16ª, 863/2014, de 29 de diciembre o la SAP Valencia, Secc. 5ª, 365/2016, de 22 de junio El acto de conciliación, en efecto, es un acto de jurisdicción volun......