SAP Salamanca 304/2014, 2 de Diciembre de 2014

PonenteILDEFONSO GARCIA DEL POZO
ECLIES:APSA:2014:527
Número de Recurso370/2014
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución304/2014
Fecha de Resolución 2 de Diciembre de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Salamanca, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

SALAMANCA

SENTENCIA: 00304/2014

SENTENCIA NÚMERO 304/14

ILMO. SR. PRESIDENTE:

DON ILDEFONSO GARCÍA DEL POZO

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

DON JUAN JACINTO GARCÍA PÉREZ

DON EDUARDO FABIÁN CAPARRÓS

En la ciudad de Salamanca a dos de diciembre dos mil catorce.

La Audiencia Provincial de Salamanca ha visto en grado de apelación el JUICIO ORDINARIO Nº 342/13 del Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Béjar, Rollo de Sala Nº; han sido partes en este recurso: como demandante-apelado DON Miguel, DOÑA Elisenda representado por el Procurador Don Alfonso Rodríguez De Ocampo y bajo la dirección del Letrado Don Ramón Hernández Hernández y como demandados-apelantes DON Teodosio, Luis Francisco y CRIADORES DE IBERICO S.L. representados por la Procuradora Doña María del Carmen Rico Sánchez y bajo la dirección del Letrado Don Juan Fernández Garde.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - El día veintiuno de julio de 2014 por la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Béjar se dictó sentencia en los autos de referencia que contiene el siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda formulada por el Procurador Don ALFONSO RODRÍGUEZ DE OCAMPO en nombre y representación de Miguel y Elisenda contra "CRIADORES DE IBÉRICO, S.L", Teodosio y Luis Francisco, representados por la Procuradora de los Tribunales Doña MARÍA DEL CARMEN RICO SÁNCHEZ, debo CONDENAR a Teodosio y Luis Francisco a abonar, cada uno de ellos, a la actora la cantidad de MIL SEISCIENTOS VEINTÚN EUROS (1621#), más los intereses correspondientes, sin hacer expresa imposición de costas por las razones indicadas."

  2. - Contra referida sentencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación jurídica de la parte demandada, quien después de hacer las alegaciones que estimó oportunas en defensa de sus pretensiones terminó suplicando que se dicte sentencia mediante la que se estime íntegramente el presente recurso de apelación y se revoque la sentencia de instancia en cuanto a la condena al pago de la cantidad solicitada por don Miguel y Doña Elisenda, estimando íntegramente la súplica de nuestro escrito de contestación a la demanda.

    Dado traslado de dicho escrito a la representación jurídica de la parte contraria por la misma se presentó escrito en tiempo y forma oponiéndose al recurso de apelación formulado para terminar suplicando que se dicte sentencia por la que se desestime el recurso de apelación interpuesto de contrario con expresa condena en costas a la parte recurrente. 3º.- Recibidos los autos en esta Audiencia se formó el oportuno Rollo y se señaló para la votación y fallo del presente recurso de apelación el día 25 de noviembre de 2014 pasando los autos al Ilmo. Sr. Magistrado-Ponente para dictar sentencia.

  3. - Observadas las formalidades legales.

    Vistos, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON ILDEFONSO GARCÍA DEL POZO .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Por la representación procesal de los demandados Don Teodosio y Don Luis Francisco se interpone el presente recurso de apelación contra la sentencia dicta por el Juzgado de 1ª Instancia número 1 de Béjar con fecha 21 de julio de 2.014, la cual contiene el siguiente fallo: "que estimando parcialmente la demanda formulada por el Procurador Don ALFONSO RODRÍGUEZ DE OCAMPO en nombre y representación de Miguel y Elisenda contra "CRIADORES DE IBÉRICO SL", Teodosio y Luis Francisco

, representados por la Procuradora de los Tribunales Doña MARÍA DEL CARMEN RICO SÁNCHEZ, debo condenar a Teodosio y Luis Francisco a abonar, cada uno de ellos, a la actora la cantidad de MIL SEISCIENTOS VEINTIÚN EUROS (1621#), más los intereses correspondientes, sin hacer expresa imposición de costas..." . Y se interesa en esta segunda instancia por los referidos demandados recurrentes, con fundamento en los motivos alegados por su defensa en el correspondiente escrito de interposición de tal recurso, la revocación de la mencionada sentencia y que se dicte otra por la que, con respecto a ellos, se desestimen las pretensiones de la demanda, con imposición de las costas a los demandantes.

Segundo

En el primero de los motivos de impugnación se discrepa del pronunciamiento que en la sentencia impugnada se contiene referido a la no aceptación del allanamiento a la demanda expresado por la entidad codemandada CRIADORES DE IBÉRICO S. L. al estimarlo realizado en perjuicio de tercero, efectuando las pertinentes alegaciones tendentes a demostrar que tal pronunciamiento es contrario a lo prevenido en el artículo 21. 1, de la Ley de Enjuiciamiento Civil .

Para la adecuada resolución de este motivo de impugnación ha de partirse de los antecedentes siguientes: 1º) en la demanda promovida por los demandantes Don Miguel y Doña Elisenda se solicitó textualmente que se dictara "sentencia que condene a la mercantil demandada al pago de la cantidad de seis mil cuatrocientos ochenta y cuatro euros (6.484 #) que se reclama como principal, así como al pago de los intereses legales desde el día 31 de julio de 2.013, y Don Luis Francisco y Don Teodosio al pago de la suma de mil seiscientos vintiuno euros (1.621 #) a cada uno de ellos con expresa imposición de las costas procesales a los demandados" ; 2º) por la entidad codemandada CRIADORES DE IBÉRICO S. L. (deudor principal de la cantidad reclamada por los demandantes) se presentó escrito de contestación a la demanda en el cual se solicitaba: 1. que se la tuviera " por allanada, sin contestar a la demanda, en relación con la cantidad de 6.484 Euros reclamada de contrario" ; y 2. que se la tuviera "por contestada a la demanda en cuanto a la reclamación de intereses formulada por los demandantes y previos los trámites legales procedentes, dicte en su día Sentencia por la que fije el...

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