SAP Pontevedra 269/2014, 24 de Noviembre de 2014
Ponente | MARIA DEL ROSARIO CIMADEVILA CEA |
ECLI | ES:APPO:2014:2691 |
Número de Recurso | 1004/2014 |
Procedimiento | APELACION JUICIO DE FALTAS |
Número de Resolución | 269/2014 |
Fecha de Resolución | 24 de Noviembre de 2014 |
Emisor | Audiencia Provincial - Pontevedra, Sección 2ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
PONTEVEDRA
SENTENCIA: 00269/2014
Rollo: 0001004 /2014-a
Órgano procedencia: JDO.PRIMERA INST. /INSTRUCCION nº 003 de PONTEAREAS
Procedimiento de origen: JUICIO DE FALTAS 0000836 /2013
SENTENCIA Nº 269/2014
Ilmo./a. MAGISTRADO D/Dña. ROSARIO CIMADEVILA CEA.
En PONTEVEDRA a veinticuatro de Noviembre de dos mil catorce
La Sección 002 de la Audiencia Provincial de PONTEVEDRA, ha visto en grado de apelación, sin celebración de vista pública, el presente procedimiento penal del Juicio de Faltas expresado, seguido contra Herminio, Rafael Y Carmen, siendo partes en esta instancia, como apelante TAGUIVE representado por la Procuradora MARIA CRISTINA LOPEZ BOTANA y defendido por la Letrada DOLORES CARPINTERO VAZQUEZ y como apelado el MINISTERIO FISCAL.
El Juez de JDO.PRIMERA INST. /INSTRUCCION nº 003 de PONTEAREAS, con fecha 18 de junio de dos mil catorce, dictó sentencia en el Juicio de Faltas del que dimana este recurso, en la que se declararon como hechos probados los siguientes:
No se han acreditado los hechos objeto de denuncia.
La expresada sentencia en su parte dispositiva dice así:
"Que debo ABSOLVER Y ABSUELVO a Herminio, Rafael Y Carmen de la FALTA DE HURTO prevista y penada en el artículo 623.1 del Código penal que le venía siendo imputada, con la declaración de las costas de oficio. "
Notificada mencionada sentencia, contra la misma se formalizó recurso de apelación por TAGUIVE, que fue admitido en ambos efectos, y practicadas las diligencias oportunas, fueron elevadas las actuaciones a este Tribunal, donde se registraron, se formó el rollo de Sala y se turnaron de ponencia.
No habiéndose propuesto diligencias probatorias y al estimarse innecesaria la celebración de la vista para la correcta formación de una convicción fundada, quedaron los autos vistos para sentencia
HECHOS PROBADOS
Se aceptan, en lo sustancial, los hechos que se declaran probados en la sentencia de instancia.
FUNDAMENTOS DE DERECHO UNICO.- La representación procesal de la parte denunciante recurre la sentencia de instancia alegando nulidad de la misma, así como del juicio oral, por haberse infringido normas esenciales del procedimiento con indefensión para dicha parte.
El recurso debe ser estimado.
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SAP Guadalajara 4/2016, 16 de Febrero de 2016
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