AAP Madrid 21/2015, 28 de Enero de 2015
Ponente | LORENZO PEREZ SAN FRANCISCO |
ECLI | ES:APM:2015:42A |
Número de Recurso | 736/2014 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 21/2015 |
Fecha de Resolución | 28 de Enero de 2015 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 18ª |
Audiencia Provincial Civil de Madrid
Sección Decimoctava
C/ Ferraz, 41, 914933898 - 28008
Tfno.: 914933898
37007750
N.I.G.: 28.148.00.2-2013/0007272
Recurso de Apelación 736/2014
O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Torrejón de Ardoz
Autos de Ejecución Hipotecaria 1171/2013
APELANTE: Dña. Sonia
PROCURADOR: D. CARLOS SAEZ SILVESTRE
APELADO: UNION DE CREDITO PARA LA FINANCIACION MOBILIARIA E INMOBILIARIA, S.A.
PROCURADOR: D. JULIO CABELLOS ALBERTOS
Dña. Concepción
D. Constantino
AUTO Nº 21/2015
TRIBUNAL QUE LO DICTA :
ILMA. SRA. PRESIDENTA :
Dña. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
D. LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO
D. PEDRO POZUELO PÉREZ
En Madrid, a veintiocho de enero de dos mil quince.
La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Torrejón de Ardoz, seguidos entre partes, de una, como apelante demandada DOÑA Sonia representada por el Procurador Sr. Saez Silvestre y de otra, como apelado demandante la mercantil CREDIFIMO, E.F.C., (UNIÓN DE CRÉDITO PARA LA FINANCIACIÓN MOBILIARIA E INMOBILIARIA S.A.), representada por el Procurador Sr. Cabellos Albertos y como apelados demandados incomparecidos DOÑA Concepción y DON Constantino, seguidos por el trámite de Ejecución Hipotecaria.
Visto, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO. ANTECEDENTES DE HECHO
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Torrejón de Ardoz, en fecha 17 de julio de 2014, se dictó auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "DISPONGO: Que estimando parcialmente la oposición formulada por el Procurador D. Carlos Sáez Silvestre, en nombre y representación de Dña. Sonia y por la Procuradora Dña. Mª Luisa García Manzano en nombre y representación de D. Constantino y Dña. Concepción contra el despacho de ejecución acordado por auto de fecha 23 de octubre de 2.013.
De la Escritura de Préstamo Hipotecario otorgada en Torrejón de Ardoz el 27 de febrero de 2.004 ante el Notario D. José Mª Piñar Gutiérrez con nº de protocolo 1.330, que sirvió de título a la presente ejecución, se declara abusiva la clausula financiera Tercera Bis, en su último párrafo, que establece un límite de variación a la baja del tipo de interés nominal aplicable del 3#95%.
Requiérase a la ejecutante, bajo apercibimiento de archivo, para que en el plazo de quince días presente nueva liquidación de saldo deudor, determinando la cantidad exigible sin aplicación de la clausula declarada nula, ajustando la cantidad reclamada en concepto de intereses remuneratorios y moratorios".
Por la parte demandada DOÑA Sonia se interpuso recurso de apelación contra el meritado auto, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 1/2000, se remitieron los autos a esta Audiencia.
Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente...
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