SAP Vizcaya 3/2015, 8 de Enero de 2015

PonenteFERNANDO VALDES-SOLIS CECCHINI
ECLIES:APBI:2015:66
Número de Recurso421/2014
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución3/2015
Fecha de Resolución 8 de Enero de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 4ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA - SECCIÓN CUARTA BIZKAIKO PROBINTZIA AUZITEGIA - LAUGARREN SEKZIOA BARROETA ALDAMAR 10-3ªplanta - C.P./PK: 48001

Tel.: 94-4016665

Fax / Faxa: 94-4016992

NIG PV / IZO EAE: 48.04.2-09/010461

NIG CGPJ / IZO BJKN :48.020.47.1-2009/0010461

R.apelac.conc.L2 / E_R.apelac.conc.L2 421/2014

O.Judicial origen / Jatorriko Epaitegia : Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Bilbao / Bilboko 2.zk.ko Merkataritza-arloko Epaitegia

Autos de Incidente concursal calificación/pago créditos contra masa 175/2014 (e)ko autoak Recurrente / Errekurtsogilea: TESORERIA GENERAL SEGURIDAD SOCIAL - BILBAO UNIDAD RECAUDACION EJECUTIVA 48.03

Procurador/a/ Prokuradorea:

Abogado/a / Abokatua: LETRADO ADMINISTRACION S.SOCIAL .

Recurrido/a / Errekurritua: ADMINISTRACION CONCURSAL DE KAUTXO TIUNA INJECCION SL EN LIQUIDACION Y KAUTXO TIUNA, Juan Pablo y KAUTXO TIUNA ENJECCION S.L. EN LIQUIDACION

Procurador/a / Prokuradorea: Abogado/a/ Abokatua:

S E N T E N C I A Nº 3/2015 ILMOS. SRES.

D. FERNANDO VALDÉS SOLÍS CECCHINI

Dª. ANA BELÉN IRACHETA UNDAGOITIA

Dª. REYES CASTRESANA GARCÍA

En BILBAO (BIZKAIA), a ocho de enero de dos mil quince.

Vistos en grado de apelación ante la Audiencia Provincial de Bilbao, Sección Cuarta, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados, los presentes autos de INCIDENTE CONCURSAL 84.4 Nº 175/14, procedentes del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Bilbao y seguidos entre partes:

Como parte recurrente la T.G.S.S.,representada por el Letrado de la Admón. de la Seguridad Social. Y como parte recurrida que se opone al recurso D. Juan Pablo - ADMÓN. CONCURSAL DE KAUTXO TIUNA INJECCIÓN, S.L. EN LIQUIDACIÓN Y KAUTXO TIUNA S.L., defendida por la Letrada Sra. Leire García García.

Se aceptan y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia de instancia de fecha 3 de abril de 2014 es del tenor literal siguiente: "FALLO:1.- ESTIMAR ÍNTEGRAMENTE la demanda interpuesta por la ADMINISTRACIÓN CONCURSAL de la entidad Kautxo Tiuna SL; frente a la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

  1. - DECLARAR que los créditos contra la masa a favor del Fondo de Garantía Salarial por importe de 182.954,16 euros; y a favor de la Hacienda Foral de Bizkaia por importes de 6.290,58 euros y 14.834,67 euros con vencimiento de 26 de octubre de 2009; ostentan mejor derecho que los créditos contra la masa de la Tesorería General de la Seguridad Social relativos a las cuotas sociales devengadas en diciembre de 2009, y entre abril de 2010 y enero de 2011.

  2. - Condenar a la Tesorería General de la Seguridad Social a reintegrar a la masa activa la cantidad de siete mil trescientos sesenta y nueve euros con ochenta y cuatro céntimos (7.369,84 euros).

  3. - Cada parte abonará las costas causadas a su instancia, y las comunes, si las hubiere, por mitad".

SEGUNDO

Publicada y notificada dicha resolución a las partes litigantes, por la representación de la demandada se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación que, admitido por el Juzgado de Instancia y tramitado en legal forma ha dado lugar a la formación del presente rollo, al que ha correspondido el nº 421/14 de Registro y que se ha suscitado con arreglo a los trámites de los de su clase.

TERCERO

Hecho el oportuno señalamiento quedaron las actuaciones sobre la Mesa del Tribunal...

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