AAP Girona 278/2010, 26 de Noviembre de 2010

PonenteFERNANDO LACABA SANCHEZ
ECLIES:APGI:2010:950A
Número de Recurso501/2010
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución278/2010
Fecha de Resolución26 de Noviembre de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Girona, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION PRIMERA

GIRONA

APELACION CIVIL

Rollo nº: 501/2010

Autos: diligencias preliminares nº: 1171/2009

Juzgado Mercantil 1 Girona

AUTO Nº 278/10

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

Don Fernando Lacaba Sánchez

MAGISTRADOS

Doña Mª Isabel Soler Navarro

Don Fernando Ferrero Hidalgo

En Girona, veintiseis de noviembre de dos mil diez

VISTO, ante esta Sala el Rollo de apelación nº 501/2010, en el que ha sido parte apelante Consejo General de Colegios de Protésicos Dentales de España, representada esta por la Procuradora Dª. MERCÈ CANAL PIFERRER y dirigida por el Letrado D. Justiniano ; y como parte apelada J. M. PELEGRÍ, S.L., representada por el Procurador D. JOAQUIM SENDRA BLANXART y dirigida por el Letrado D.HECTOR JAUSAS FARRE .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado Mercantil 1 Girona, en los autos nº 1171/2009, seguidos a instancias de Consejo General de Colegios de Protésicos Dentales de España, representado por la Procuradora Dª. Mercè Canal Piferrer y bajo la dirección del Letrado D. Justiniano, contra J. M. PELEGRÍ, S.L., representado por el Procurador D. Joaquím Sendra Blanxart, bajo la dirección del Letrado D. Hector Jausas Farre, se dictó auto cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "PARTE DISPOSITIVA: Procede rechazar la petición de diligencias preliminares formulada por la Procuradora Mercé Canal Piferrer en nombre y representación del Consejo General de Protésicos Dentales de España, contra la mercantil J. M. Pelegri S.L.., al no considerar suficientemente justificada la petición de las ".

SEGUNDO

El relacionado auto de fecha 28-04-2010, se recurrió en apelación por la parte demandante, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia y se han seguido los demás trámites establecidos en la LEC.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales. VISTO siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Fernando Lacaba Sánchez .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se recurre por la representación procesal del CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS DE PROTESICOS DENTALES DE ESPAÑA, el Auto del Juzgado de instancia de fecha 28 Abril 2010, cuya parte dispositiva se recoge en los antecedentes de hecho de la presente resolución, que desestima las diligencias solicitadas por la meritada entidad colegial y que ahora comparece ante esta Sala como parte apelante,

SEGUNDO

Solicita la parte recurrente que por parte de D. Justiniano con domicilio en esta Ciudad de Girona, en plaza DIRECCION000, NUM000, aporte la siguiente documentación, al considerar que incumple la normativa relativa a Competencia Desleal:

a)Listado de clínicas dentales, odontólogos o médicos estomatólogos con sus direcciones a las que suministra productos sanitarios, prótesis dentales con indicación de las sumas facturadas.

  1. Facturas emitidas a Clínicas Dentales, odontólogos o médicos estomatólogos durante los ejercicios 2006 a 2009.

c)Libro Mayor de los ejercicios 2006 a 2009.

d)Formulario 347 de Hacienda de operaciones con terceros de mas de 3000#

e)Comunicados posibles de distribución y venta del prótesis dentales y autorizaciones administrativas.

f)Listado de trabajadores de empresas y sus respectivas titulaciones y habilitaciones.

g)Declaración de conformidad con el RD 414/1996 de 1 Marzo de regulación de productos sanitarios en los mismos ejercicios 2006 a 2009.

h)Autorizaciones de los pacientes destinatarios de las prótesis dentales elaboradas por el demandado.

i)Contratos acreditativos de subcontratación de la fabricación de productos sanitarios que hayan realizado clínicas dentales, odontólogos o médicos estomatólogos

j)Tarifa de precios del laboratorio JM Pelegrí SL

k)Las prescripciones que hayan sido remitidas a la demandada directamente por dichos profesionales.

Así mismo solicita la remisión a la Agencia Tributaria y Conselleria de Salut, respectivamente, la remisión de posibles archivos fiscales de la demanda y un informe acerca de si en Cataluña existen clínicas dentales que cuenten con el comunicado para la distribución y venta del...

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