AAP Valencia 66/2015, 29 de Enero de 2015

PonenteOLGA CASAS HERRAIZ
ECLIES:APV:2015:19A
Número de Recurso50/2015
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución66/2015
Fecha de Resolución29 de Enero de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

VALENCIA

-----SECCIÓN TERCERA

Rollo de Apelación Penal Resolución Intermedia nº 50/2015

EXPEDIENTE nº 58/14

Jdo. De Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Mislata

AUTO Nº 66/2015

________________________________

Ilmos. Sres.:

Presidente:

Dª. LUCIA SANZ DIAZ

Magistrados:

Dª LAMBERTO J. RODRIGUEZ MARTINEZ

Dª. OLGA CASAS HERRAIZ

________________________________

En Valencia a veintinueve de enero de dos mil quince

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por las Ilmas. Señorías antes reseñadas, ha visto el presente recurso de apelación dimanante del procedimiento, cuyos datos identificativos obran al margen.

HECHOS
PRIMERO

En el procedimiento indicado en el encabezamiento de la presente resolución se dictó en fecha 23-10-2014, auto de incoación de procedimiento abreviado. Contra la anterior resolución se interpuso por la Letrada Wilbrandt Quemades, en nombre y representación de Jose Pablo, recurso de reforma y subsidiaria apelación. Previos los trámites oportunos, en virtud de auto de 11 de diciembre de 2014 se dictó auto desestimatorio del recurso de reforma, dándose al procedimiento el curso oportuno respecto del recurso de apelación interpuesto.

SEGUNDO

Admitida que fue la apelación por el Juzgado de Instrucción, se puso la causa de manifiesto a las demás partes personadas, así como al Ministerio Fiscal, para que pudiesen alegar por escrito lo que estimasen por conveniente y para que presentasen los documentos justificativos de sus pretensiones. Transcurrido dicho plazo, fueron remitidas las actuaciones a esta Audiencia Provincial. TERCERO.- Incoado el presente rollo para la sustanciación del recurso de apelación interpuesto, fueron entregados los autos para resolver al Magistrado Ponente Dª. OLGA CASAS HERRAIZ.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Por la representación procesal de Jose Pablo, se formuló recurso de apelación con caracter subsidiario contra el auto de Incoación de Procedimiento Abreviado. Con ocasión del recurso de apelación no se han formulado nuevas alegaciones, manteniéndose las efectuadas con el recurso de reforma, en el cual se alegaba que el procedimiento se hallaba a la espera de acordar respecto de diligencias de remisión de informes y examen del médico forense interesado.

El Ministerio Fiscal informó en el sentido de interesar la desestimación del recurso de apelación interpuesto.

SEGUNDO

En contra de lo que se indica en el recurso, y como ya ha expuesto esta Sala en multitud de ocasiones, no es este el momento de analizar si se cuenta o no con pruebas suficientes para el dictado de una Sentencia condenatoria contra el recurrente; en principio, de los datos aportados a la causa, de las investigaciones realizadas, sí se cuenta con elementos bastantes, indicios racionales, de que el recurrente participó en los hechos que se le imputan, siendo incuestionable tal conclusión a la vista de las manifestaciones de las menores, cuyas exploraciones obran en autos, los argumentos defensivos y auto exculpatorios habrán de hacerse valer por el imputado en el acto del Juicio Oral, sin que el auto recurrido prejuzgue la causa, ni cause indefensión a la parte, que ha podido defenderse a lo largo de la instrucción y que podrá defenderse igualmente, con igualdad de armas, en el Juicio Oral.

TERCERO

Pese a que el recurrente alude a la necesidad de practicar diligencias tendentes a esclarecer los hechos, lo cierto es que...

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