SAP Valencia 163/2015, 24 de Marzo de 2015

PonenteANA DELIA MUÑOZ JIMENEZ
ECLIES:APV:2015:1261
Número de Recurso67/2015
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución163/2015
Fecha de Resolución24 de Marzo de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 10ª

ROLLO Nº 000067/2015

SECCIÓN 10ª

SENTENCIA nº.163-2015

SECCIÓN DÉCIMA:

Ilustrísimos Sres.:

Presidente:

D. JOSE ENRIQUE DE MOTTA GARCIA ESPAÑA

Magistrados/as:

Dª. Mª PILAR MANZANA LAGUARDA

Dª. ANA DELIA MUÑOZ JIMENEZ

En Valencia, a veinticuatro de marzo de dos mil quince

Vistos ante la Sección Décima de la Iltma. Audiencia Provincial de Valencia, en grado de apelación, los autos de Capacidad y declaración de prodigalidad nº 000295/2014, seguidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 28 DE VALENCIA, entre partes, de una como demandante el MINISTERIO FISCAL y de otra como demandada, Enriqueta, representada por el Procurador D PAULA MIGUEL RUIZ y defendido por el Letrado Dª. Mª. MANUELA ANDREU LLORENS.

Es ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. ANA DELIA MUÑOZ JIMENEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En dichos autos por el Iltmo. Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO

28 DE VALENCIA, en fecha 3-11-14, se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es como sigue: " Que estimando la demanda promovida por el Ministerio Fiscal frente a Dª Enriqueta nacida Moron de la Frontera ( Sevilla) en fecha NUM000 -1940, hija de Nemesio y de Fermina, debo declarar y declaro la total ausencia de capacidad de obrar de la referida, tanto para el gobierno de su persona como para la administración y disposición de sus bienes y, así mismo, para el ejercicio del derecho de sufragio activo y de otorgar testamento.

Se acuerda nombrar Tutor de Dª Enriqueta a D. Luis Angel, quien deberá ejercer el cargo con sujeción a las disposiciones legales, con la obligación de rendir cuenta anual de su gestión, y, en todo caso siempre que sea requerida el efecto. Se acuerda autorizar el internamiento de Dª Enriqueta en Centro Adecuado a sus circunstancias personales, debiéndose comunicar al Juzgado por el tutor, el centro en el que se resida, y, para llevar a cabo los controles semestrales, deberá de solicitarse la oportuna información al centro.

Firme que sea esta resolución, remítase oficio al Sr. Encargado del Registro Civil correspondiente al lugar de nacimiento del incapaz, acompañando testimonio de la misma, para su anotación marginal en la inscripción de nacimiento del incapaz, debiéndose remitir a este juzgado testimonio del acta con la anotación practicada; de igual forma procédase respecto al Sr. Delegado Provincial del Instituto de Estadística, a los efectos electorales procedentes".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia por la representación procesal de la parte demandada se interpuso recurso de apelación, y verificados los oportunos traslados a las demás partes para su oposición al recurso o impugnación a la sentencia se remitieron los autos a esta Secretaría donde se formó el oportuno rollo, señalándose el día 23-3-15 para la deliberación, votación y fallo del recurso, sin celebración de vista, al no haberse considerado necesaria ésta ni practicado prueba.

TERCERO

Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se recurre la sentencia por la que se declaró la ausencia de capacidad de obrar de Dª Enriqueta, con sometimiento a tutela y nombramiento de tutor en la persona de su hijo D. Luis Angel .

La sentencia es objeto de recurso por la representación de la hija Dª Zulima, por disconformidad con la designación de tutor, postulándose ella misma como persona...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 10 de Febrero de 2016
    • España
    • 10 Febrero 2016
    ...la sentencia dictada, con fecha 24 de marzo de 2015, por la Audiencia Provincial de Valencia (Sección 10ª), en el rollo de apelación nº 67/15 , dimanante de los autos de juicio sobre capacidad y declaración de prodigalidad nº 295/14 del Juzgado de Primera Instancia nº 28 de - Mediante dilig......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR