SAP La Rioja 85/2015, 20 de Mayo de 2015
Ponente | ALFONSO SANTISTEBAN RUIZ |
ECLI | ES:APLO:2015:252 |
Número de Recurso | 3/2015 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 85/2015 |
Fecha de Resolución | 20 de Mayo de 2015 |
Emisor | Audiencia Provincial - La Rioja, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
LOGROÑO
SENTENCIA: 00085/2015
AUDIENCIA PROVINCIAL SECCION N. 1 DE LOGROÑO
VICTOR PRADERA 2
Teléfono: 941296484/486/487
530550
N.I.G.: 26089 43 2 2014 0027811
PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000003 /2015
Delito/falta: ABUSOS SEXUALES
Denunciante/querellante:
Procurador/a: D/Dª
Abogado/a: D/Dª
Contra: Genaro
Procurador/a: D/Dª REGINA MARIA DODERO DE SOLANO
Abogado/a: D/Dª VICTOR IRIBARREN HERNAIZ
SENTENCIA Nº 85/2015 ========================================================== ILMOS/AS SR./SRAS
Presidente/a:
D. ALFONSO SANTISTEBAN RUIZ Magistrados/as
Dª CARMEN ARAUJO GARCÍA
D. RICARDO MORENO GARCIA ==========================================================
En LOGROÑO, a veinte de Mayo de dos mil quince.
Vista en juicio oral y público la presente causa penal procedimiento abreviado 98/2014, rollo de sala 3/2015, seguida sobre delito doloso grave, contra la libertad sexual frente a Genaro, nacido en TULCEA, el NUM000 1986, hijo de Millán y Leticia, privado libertad en esta causa durante el día 3 enero 2014, aplicándose por auto de 3 enero 2014 la prohibición de aproximarse a menos de cien metros a la menor, Paulina, a su domicilio y lugar de estudios, así como de comunicarse con ella durante la tramitación del presente procedimiento, representado por la procuradora doña Regina Dodero, con defensa del letrado don Víctor Iribare,; habiendo sido parte acusadora pública el Ministerio Fiscal y ponente el Magistrado don ALFONSO SANTISTEBAN RUIZ.
Seguido procedimiento abreviado 98/2014 del Juzgado de Instrucción número 2 de Logroño y recibidos los autos en esta Audiencia se formó el rollo 3/2015, en el que se dictó resolución fijando fecha para la celebración del juicio oral que se concretó a las 10 horas del día 19 mayo 2015, celebrándose el mismo en esa hora y fecha.
Iniciado el acto juicio oral el Ministerio Público junto con el acusado Genaro y su abogado don Víctor Iribarren, se presentó escrito de conformidad suscrito entre la acusación pública el acusado y la defensa letrada el mismo y consistente en:
El acusado, Genaro, nacido el NUM000 /1986, con NIE número NUM001, sin antecedentes penales, sobre las 10:40 horas del día 2 de enero de 2014, encontrándose en su domicilio, sito en CALLE000, nº NUM002, NUM003 de Logroño, a solas con, la menor Paulina, nacida el día NUM004 /2003, hermana de la esposa del acusado, y guiado por un ánimo lúbrico, se introdujo en la habitación que ocupaba la menor, donde, encontrándola en la cama vistiendo por única indumentaria una camiseta, se acercó a ella, la besó en la boca, le separó las piernas con una mano, tocándole los genitales, y, encontrándose la menor tendida decúbito supino, se colocó sobre ella a horcajadas, vistiendo el acusado únicamente una camiseta.
El acusado cesó su lascivo comportamiento al ser sorprendido por su esposa en la actitud descrita. Por Auto de fecha 03/01/2014, se impuso al acusado la prohibición de aproximarse a menos de cien metros a la menor, Paulina, a su domicilio y lugar de estudios, así como de comunicarse con ella durante la tramitación del presente procedimiento.
Los hechos descritos son constitutivos de un delito contra la libertad sexual, en su modalidad de abuso sexual a menor de 13 años, del artículo 183.1 y 4 d) del C.P .
De tales hechos responde el acusado en concepto de AUTOR, con arreglo a los artículos 27 y 28 del C.P .
Concurre en el acusado la circunstancia alguna modificativa de la responsabilidad criminal de reparación del daño apreciada como cualificada conformar artículo 22. 5 en relación con el 66 del Código Penal .
Procede imponer al acusado la pena de DOS AÑOS y SEIS MESES DE PRISIÓN, privación del...
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SAP La Rioja 133/2015, 1 de Junio de 2015
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