SAP Cáceres 225/2015, 1 de Septiembre de 2015

PonenteLUIS AURELIO SANZ ACOSTA
ECLIES:APCC:2015:600
Número de Recurso287/2015
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución225/2015
Fecha de Resolución 1 de Septiembre de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Cáceres, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

CACERES

SENTENCIA: 00225/2015

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 de CACERES

N01250

AVD. DE LA HISPANIDAD S/N

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

Tfno.: 927620309 Fax: 927620315

N.I.G. 10037 41 1 2007 0002662

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000287 /2015

Juzgado de procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.5 de CACERES

Procedimiento de origen: MODIFICACION DE MEDIDAS SUPUESTO CONTENCIOSO 0000116 /2014

Recurrente: Heraclio

Procurador: ANA MARIA COLLADO DIAZ

Abogado: SALVADOR DE CASAS MARTIN

Recurrido: MINISTERIO FISCAL, Noemi

Procurador: LUIS GUTIERREZ LOZANO

Abogado: ESTHER BLANCO AGUADO

S E N T E N C I A NÚM.- 225/2015

Ilmos. Sres. =

PRESIDENTE: =

DON JUAN FRANCISCO BOTE SAAVEDRA = MAGISTRADOS: =

DON ANTONIO MARÍA GONZÁLEZ FLORIANO =

DON LUIS AURELIO SANZ ACOSTA = _____________________________________________________=

Rollo de Apelación núm.- 287/2015 =

Autos núm.- 116/2014 = Juzgado de 1ª Instancia núm.- 5 de Cáceres = ==============================================/

En la Ciudad de Cáceres a uno de Septiembre de dos mil quince.

Habiendo visto ante esta Audiencia Provincial de Cáceres el Rollo de apelación al principio referenciado, dimanante de los autos de Modificación de Medidas núm.- 116/2014, del Juzgado de 1ª Instancia núm.- 5 de Cáceres siendo parte apelante, el demandante DON Heraclio, representado en la instancia y en esta alzada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Collado Díaz, y defendido por el Letrado Sr. De Casas Martín, y como parte apelada, la demandada, DOÑA Noemi, representada en la instancia y en la presente alzada por el Procurador de los Tribunales Sr. Gutiérrez Lozano, y defendida por la Letrada Sra. Pérez Diz.

Siendo parte el MINISTERIO FISCAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia núm.- 5 de Cáceres, en los Autos núm.- 116/2014, con

fecha 12 de Marzo de 2015, se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

FALLO: EN EL PROCESO DE MODIFICACION DE MEDIDAS DE DIVORCIO instado por DON Heraclio, representado por el turno de oficio por la procuradora doña Ana María Collado Días contra DOÑA Noemi representado también por el turno de oficio por el procurador don Luis Gutiérrez Lozano y en la que ha sido parte el Ministerio Fiscal, DEBO ACORDAR LA MODIFICACION de las medidas de divorcio mutuo acuerdo núm. 8/2008 dictada por este Juzgado y modificadas en el proceso de modificación de medidas núm. 728/2010 por sentencia de 28 de diciembre de 2010 también de este Juzgado en el siguiente sentido.

Primero.- Se mantiene la guarda y custodia materna respecto de Elisabeth con el régimen de visitas ya acordado a favor del padre con las siguientes modificaciones:

-El régimen de visitas de fines de semana alternos incluye los puentes escolares si coincide con alguno de ellos

-Las vacaciones de Semana Santa será disfrutadas íntegramente por el padre.

-El disfrute por el padre de la menor durante la primera quincena del mes de julio o de la segunda quincena del mes de agosto incluirá los correlativos días del mes de junio y septiembre en los que existan vacaciones escolares.

-Para poder disfrutas de Elisabeth el fin de semana, el padre deberá avisar con una semana de antelación y para los periodos vacacionales el progenitor al que le corresponda la elección deberá avisar al otro progenitor con un mes de antelación.

Segundo.- Se fijan los alimentos que los padres has de prestar a la hija que con el no conviva en la cantidad de 75 euros mensuales. Para el caso de que Santiaga tenga un empleo se suspenderá la obligación de alimentos por parte de la madre. Cuando el padre tenga un empleo, los alimentos se fijan en la cantidad de 175 euros mensuales. Dichas cantidades se abonarán dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta que el respectivo progenitor señale y se actualizará anualmente con efectos de 1 de enero de cada año conforme a los incrementos o disminuciones del Índice General de Precios al Consumo publicado por el Institución Nacional de Estadística.

No se hace expresa imposición de las costas de éste pleito...

SEGUNDO

Frente a la anterior resolución y por la representación del demandante, se interpuso del recurso de apelación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 459 de la Ley de Enjuiciamiento Civil .

TERCERO

Admitida que fue la interposición del recurso por el Juzgado, de conformidad con lo establecido en el art. 461 de la L.E.C ., se emplazó a las demás partes personadas para que en el plazo de diez días presentaran ante el Juzgado escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que le resulte desfavorable.

CUARTO

Presentado escrito de oposición al recurso por la representación de la parte demandada, se remitieron los autos originales al Órgano...

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