SAP Las Palmas 168/2015, 9 de Abril de 2015

PonenteCARLOS AUGUSTO GARCIA VAN ISSCHOT
ECLIES:APGC:2015:725
Número de Recurso146/2015
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución168/2015
Fecha de Resolución 9 de Abril de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Las Palmas, Sección 5ª

SENTENCIA

SALA: Ilmos. /as Sres. /as. Magistrados:

D. VÍCTOR CABA VILLAREJO (PRESIDENTE)

D CARLOS AUGUSTO GARCÍA VAN ISSCHOT

D. VÍCTOR MANUEL MARTÍN CALVO

En Las Palmas de Gran Canaria, a nueve de abril de 2015.

VISTO, ante AUDIENCIA PROVINCIAL SECCIÓN QUINTA, el recurso de apelación admitido a la parte demandante en los reseñados autos, contra la sentencia número nº 302-2014, de primero de diciembre, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Telde, seguida esta apelación a instancia de don Lucas

, representado por la procuradora doña ELISABET FATIMA RIVERO MARRERO, con la dirección del letrado don JOSE LUIS LOPEZ PEREZ, frente a la parte demandada, hoy apelada, Coro, representada por la procuradora doña José Javier Marrero Alemán y asistido del letrado don LUIS Mª GUERRA GONZALEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Fallo de la Sentencia apelada dice: " QUE DESESTIMANDO ÍNTEGRAMENTE DEMANDA presentada por Lucas representado por el Procurador MARIA EUGENIA MONZÓN DEL TORO contra Coro representada por el Procurador de los Tribunales GUADALUPE GALVAN DEBO absolver y absuelvo a la parte demandada de los pedimentos contenidos en la demanda dirigida contra la misma, todo ello con expresa imposición de costas a la parte actora".

SEGUNDO

Dicha sentencia, la recurrió en apelación don Lucas de conformidad a lo dispuesto en el artículo 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y lo impugnó la contraparte, y emplazados que fueron los litigantes ante la Audiencia Provincial, se personaron, en tiempo y forma., ante su Sección Quinta la cual incoó el presente rollo de apelación número 146-2015.

TERCERO

Se ha tramitado el presente recurso conforme a derecho, y observando las prescripciones legales. Es Ponente de la sentencia el Ilmo. Sr. D. CARLOS AUGUSTO GARCÍA VAN ISSCHOT, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de primera instancia negó al demandante legitimación activa para pretender el desahucio y la condena al pago de las rentas de una vivienda que documentalmente figura que su madre la arrendó a la demandada en contrato privado de noviembre de dos mil cinco, al constar en autos que el actor acreditó su condición de parentesco con la anterior arrendadora y ser uno de sus hijos y que no aportó declaración judicial o notarial de ser heredero de su fallecida madre y que podría darse el caso de que el actor no ostentara los derechos hereditarios que le puedan corresponder en la herencia de su madre y que además había interpuesto la demanda en nombre propio, y no en beneficio ni de la herencia yacente ni de la comunidad hereditaria.

El demandante, como motivo del recurso de apelación, con invocación del artículo 661 del Código civil, alega que él no es el único hijo de la difunta arrendadora la cual tenía otro hijo, pero...

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