AAP Girona 218/2015, 18 de Junio de 2015
Ponente | FERNANDO LACABA SANCHEZ |
ECLI | ES:APGI:2015:333A |
Número de Recurso | 209/2015 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 218/2015 |
Fecha de Resolución | 18 de Junio de 2015 |
Emisor | Audiencia Provincial - Girona, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION PRIMERA
GIRONA
APELACION CIVIL
Rollo nº: 209/2015
Autos: cuestiones incidentales nº: 659/2014
Juzgado Primera Instancia 4 Santa Coloma de Farners
AUTO Nº 218/15
Ilmos. Sres.:
PRESIDENTE
Don Fernando Lacaba Sánchez
MAGISTRADOS
Don Carles Cruz Moratones
Doña Núria Lefort Ruiz de Aguiar
En Girona, dieciocho de junio de dos mil quince
VISTO, ante esta Sala el Rollo de apelación nº 209/2015, en el que ha sido parte apelante Dª. Marcelina
, representada esta por la Procuradora Dª. ELISENDA PASCUAL SALA, y dirigida por el Letrado D. XAVIER ROCA IBERN; siendo también parte apelante D. Romualdo, representada esta por la Procuradora Dª ELISENDA PASCUAL SALA, y dirigida por el Letrado D. MIQUEL REGALAT ARROYO; y como parte apelada la entidad BANCO DE SABADELL, S.A., representada por la Procuradora Dª. EVA GARCÍA FERNÁNDEZ, y dirigida por el Letrado D. DAVID VILADECANS JIMÉNEZ.
Por el Juzgado Primera Instancia 4 Santa Coloma de Farners, en los autos nº 659/2014, seguidos a instancias de la entidad BANCO DE SABADELL, S.A., representada por la Procuradora Dª. EVA GARCÍA FERNÁNDEZ y bajo la dirección del Letrado D. DAVID VILADECANS JIMÉNEZ, contra Dª. Marcelina
, representada por la Procuradora Dª. SUSANNA RÍSQUEZ CAMPASOL, bajo la dirección del Letrado D. XAVIER ROCA IBERN; y contra D. Romualdo, representado por el Procurador D. JOAN MARIA JANER MIRALLES, bajo la dirección del Letrado D. MIQUEL REGALAT ARROYO; se dictó auto cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: " PARTE DISPOSITIVA: ACUERDO: Desestimar la oposición a la ejecución formulada por la representación procesal de D. Romualdo y Dª Marcelina .
Notifíquese la presente resolución a las partes.
No se hace especial pronunciamiento en materia de costas".
El relacionado auto de fecha 19/2/15, se recurrió en apelación por las partes demandadas, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia y se han seguido los demás trámites establecidos en la LEC.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales. VISTO siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Fernando Lacaba Sánchez.
Antecedentes a considerar.
La entidad bancaria BANCO DE SABADELL instó proceso de ejecución de titulo no judicial, en relación con el contrato de préstamo con garantía hipotecaria, firmado el día 09/06/2006 con la entonces Caixa d'Estalvis del Penedès, de importe 162.100#, el cual fue declarado resuelto por impago, presentado un saldo deudor de importe 152.180,03#.
Dado traslado a los codemandos/ejecutados, comparecieron con sendos Letrados, y realizaron las siguientes alegaciones como motivos de oposición:
1) Dª Marcelina, adujo: a) Fraude de Ley a los efectos del art. 671 LEC, b) Incorrección de la suma conceptuada como principal y c) Reducción de los intereses de demora.
2) D. Romualdo, por su parte, adujo: a) Disconformidad con el calculo reclamado, en aplicación del art. 671 LEC, b)...
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