AAP Valencia 171/2015, 22 de Julio de 2015

PonenteMARIA DEL CARMEN ESCRIG ORENGA
ECLIES:APV:2015:320A
Número de Recurso285/2015
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución171/2015
Fecha de Resolución22 de Julio de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 7ª

Rollo nº 000285/2015

Sección Séptima

AUTO Nº 171

SECCION SEPTIMA

Ilustrísimos/as Señores/as:

Presidente/a:

Dª MARÍA DEL CARMEN ESCRIG ORENGA

Magistrados/as:

Dª PILAR CERDÁN VILLALBA

Dª MARÍA IBÁÑEZ SOLAZ

En Valencia a veintidos de julio de dos mil quince.

Vistos, ante la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, en grado de apelación los autos de Pieza de oposición a la ejecución - 000070/2015, seguidos ante el JUZGADO DE INSTANCIA

2 DE GANDIA(ANT. MIXTO 2), entre partes; de una como demandado - apelante/s CARGO PITIUSAS S.L., representado por el/la Procurador/a D/Dª ALBERTO DOCON CASTAÑO, y de otra, como demandante -apelado/s TRANSPORTES LA ESPLANADA ALICANTE SL, dirigido por el/la letrado/a D/Dª. ESTEFANIA PALOMARES GRAU y representado por el/la Procurador/a D/Dª RAMON JUAN LACASA.

Es Ponente el/la Ilmo/a. Sr/Sra. Magistrado/a D/Dª. MARÍA DEL CARMEN ESCRIG ORENGA.

HECHOS
PRIMERO

En las expresadas actuaciones y con fecha 12 de marzo de 2015, se dictó auto cuya parte dispositiva dice: "Per les raons exposades, he decidit: Desestimar l'oposició a aquesta execució plantejada per Cargo Pitiusas SL, declarant que l'execució ha de continuar per les sumes que va ser inicialment despatxada, amb imposició a aquesta persona de les costes de l'oposició a l'execució".

SEGUNDO

Contra dicho auto, por la representación del demandado, se interpuso recurso de apelación que fue admitido, remitiéndose los autos a esta Audiencia donde se ha tramitado el recurso, señalándose para la Votación y Fallo el día 20 de julio de 2015, fecha en la que ha tenido lugar.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS
PRIMERO

. En los autos de desahucio por falta de pago 730/2014, se dictó Decreto dando por finalizado el procedimiento, fijándose el lanzamiento el día 19 de diciembre de 2014. Ahora, en ejecución del citado Decreto se reclaman las cantidades adeudadas en concepto de rentas y cantidades asimiladas, todo ello desde el impago hasta la fecha del lanzamiento. Concretamente por rentas se reclaman 30.000.- # y por gastos de luz y agua 4.593,56.-# La demandada, la mercantil Cargo Pitiusas SL se opuso a la ejecución alegando cuestiones de carácter procesal, como la falta de determinación de cuantía alguna en el Decreto que ponía fin al procedimiento y, sobre el fondo, que ahora se reclaman cantidades que ya se incluían en la demanda y otras que no; aduce que algunas cantidades que se reclaman se pagaron en su momento, por lo que no se adeudan.

La resolución de instancia desestima la oposición, resolución contra la que se alza la parte demandada invocando diversos motivos que pasamos a examinar. La actora ha pedido la confirmación de la citada resolución.

SEGUNDO

En la resolución del presente recurso de apelación hemos de partir de lo dispuesto en el artículo 465 de la Ley de Enjuiciamiento Civil en su número 4, conforme al...

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