SAP Zaragoza 19/2016, 19 de Enero de 2016

PonenteJULIAN CARLOS ARQUE BESCOS
ECLIES:APZ:2016:18
Número de Recurso31/2016
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución19/2016
Fecha de Resolución19 de Enero de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00019/2016

SENTENCIA NUMERO: 19/2016

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Ilmos. Señores:

Presidente

D. JULIAN CARLOS ARQUE BESCOS

Magistrados

D. FRANCISCO ACIN GAROS

Dª MARIA ELIA MATA ALBERT

En Zaragoza, a diecinueve de enero de dos mil dieciséis.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección Segunda, de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, los Autos de SUSTRACCION INTERNACIONAL DE ME NO RES 1100/2015, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 6 de ZARAGOZA, a los que ha correspondido el RECURSO DE APELACION (LECN) NUMERO 31/2016, en los que aparece como parte apelante Dª María Cristina, representada por el Procurador de los tribunales D. LUIS ALBERTO FERNANDEZ FORTUN y asistida por el Letrado D. JESUS MARIA ISLA SUBIAS, contra FISCALIA PROVINCIAL DE ZARAGOZA, que impugna la Sentencia, DIRECCIÓN GENERAL COOPERACION JURÍDICA INTERNACIONAL Y RELACIONES CON LAS CONFESIONES DEL MINISTERIO DE JUSTICIA, asistida por ABOGACÍA DEL ESTADO ZARAGOZA; en cuyos autos, con fecha 10 de diciembre de 2015, recayó Sentencia.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los que figuran en la Sentencia apelada, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: Que estimo haber lugar a declarar el carácter ilícito del traslado de la menor Regina y ordenar su restitución al Estado de su residencia habitual con anterioridad a la sustracción, en este caso Italia, levantándose a esos y únicos efectos las medidas acordadas por auto de 27.11.2015. De cara a la gestión práctica de la restitución la misma podrá verificarse mediante el regreso de la menor a Italia con la madre, la entrega de la menor al padre en el domicilio en el que padre reside o trasladándose el padre a España a estos efectos y con la mediación de las autoridades centrales. Igualmente cabrá el recurso a servicios de acompañamiento de los que son ofrecidos por las compañías aéreas y que ofrecen las garantías pertinentes. En todo caso para la gestión práctica de ello se contará con la mediación de las autoridades centrales.- La demandada deberá abonar las costas del procedimiento así como los gastos en que haya incurrido el solicitante, incluidos los del viaje y los que ocasione la restitución de la menor al estado de su residencia habitual con anterioridad a la sustracción."

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, la parte demandada presentó escrito de interposición del recurso de apelación, del que se dio traslado a las partes personadas, presentando dentro del término de emplazamiento, escrito de impugnación de la Sentencia el Ministerio Fiscal, y de oposición la Dirección General Cooperación Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones del Ministerio de Justicia. Seguidamente se remitieron los autos a esta Sala para la resolución de la apelación.

TERCERO

Habiéndose aportado un documento por la parte apelante, se acordó por Providencia de esta Sala de fecha 15 de enero su admisión. No considerándose necesaria la celebración de vista, se señaló para deliberación y votación el día 18 de enero de 2016.

CUARTO

Que en la tramitación...

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