AAP Santa Cruz de Tenerife 170/2015, 11 de Septiembre de 2015
Ponente | PABLO JOSE MOSCOSO TORRES |
ECLI | ES:APTF:2015:124A |
Número de Recurso | 187/2015 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 170/2015 |
Fecha de Resolución | 11 de Septiembre de 2015 |
Emisor | Audiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 4ª |
? SECCIÓN CUARTA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL
Avda. Tres de Mayo nº3
Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 922 20 84 70 - 922 20 84 76
Fax.: 922208473
Rollo: Recurso de apelación
Nº Rollo: 0000187/2015
NIG: 3802641120100004242
Resolución:Auto 000170/2015
Proc. origen: Ejecución hipotecaria Nº proc. origen: 0001066/2010-00
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 4 de La Orotava
Intervención: Interviniente: Abogado: Procurador:
Apelante Bankia Bankia Marcos Rando Pinto Juan Pedro Gonzalez Martin
AUTO
Ronno núm. 187/2015.
Ilmos. Sres.
Presidente
Don Pablo José Moscoso Torres.
Magistrados
Don Emilio Fernando Suárez Díaz.
Doña Pilar Aragón Ramírez.
En Santa Cruz de Tenerife, a once de septiembre de dos mil quince.
En los autos núm. 1066/10 del Juzgado de 1ª Instancia núm. 4 de La Orotava, promovidos por los trámites del procedimiento de ejecución hipotecaria, se dictó auto el diez de febrero de dos mil catorce, en cuya parte dispositiva literalmente se acordaba lo siguiente: «Acuerdo: 1.- Desestimar el recurso de revisión interpuesto por la parte ejecutante contra el decreto de fecha 10 de diciembre de 2013, que se mantiene en su integridad. 2.- La transferencia del depósito para recurrir desde la cuenta expediente a la cuenta 9900 denominada "Depósitos de recursos desestimados". No procede la imposición de costas a la parte recurrente»
Notificada debidamente esta resolución, se presentó escrito en los autos por la representación de la parte ejecutante, entidad Bankia, S.A., mediante el que interponía recurso de apelación contra tal resolución con exposición de las alegaciones en que se fundaba la impugnación, del que se dio traslado a las demás partes por diez días sin que se presentara escrito alguno.
Remitidos los autos con los escrito del recurso y de oposición a esta Sala, se acordó, una vez recibidos, incoar el presente rollo y designar Ponente, compareciendo en esta segunda instancia la parte apelante (BANKIA S.A.), representada por el Procurador don Juan Pedro González Martín y asistido por el Letrado don Marcos Rando Pinto; seguidamente se señaló el día nueve de septiembre del año en curso para la deliberación, votación y fallo del presente recurso, en el que ha tenido lugar la reunión del Tribunal al efecto.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Visto siendo Ponente el Magistrado don Pablo José Moscoso Torres
El auto apelado confirma en revisión un decreto del Secretario del Juzgado a quo en el que se acuerda el archivo del procedimiento de ejecución hipotecaria en trámite, pues "se ha comprobado que la ejecutante no figura como titular del derecho que pretende ejercitar en Registro de la Propiedad en que se inscribió la hipoteca".
Hay que advertir, no obstante, que en el momento en que se presentó la demanda de ejecución (9 de noviembre de 2010) la hipoteca se encontraba inscrita a favor de la entidad ejecutante inicial (CAJA DE AHORROS DE VALENCIA, CASTELLÓN Y ALICANTE, BANCAJA, S.A.) y que como consecuencia de la transferencia del negocio bancario de esta entidad, primero a favor de BANCO FINANCIERO Y DE AHORROS, S.A. y después a favor de BANKIA S.A., instrumentadas mediante escrituras públicas otorgadas el 16 de mayo de 2011, esta entidad, ahora apelante, solicitó la sucesión procesal (si bien se calificaba como "subrogación") en el proceso que, en efecto, fue admitida por resolución del Secretario de 16 de enero de 2012, en la que se acordó continuar el procedimiento teniendo como parte ejecutante a dicha entidad (BANKIA, S.A.).
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AAP Santa Cruz de Tenerife 25/2017, 3 de Febrero de 2017
...de este Tribunal resolviendo la cuestión planteada y que se recoge en el Auto de la Sección 4ª del 11 de septiembre de 2015 ( ROJ: AAP TF 124/2015 - ECLI:ES:APTF:2015:124A ) : El auto apelado confirma en revisión un decreto del Secretario del Juzgado a quo en el que se acuerda el archivo de......