SAP Castellón 30/2016, 2 de Febrero de 2016
Ponente | JOSE LUIS ANTON BLANCO |
ECLI | ES:APCS:2016:275 |
Número de Recurso | 610/2015 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 30/2016 |
Fecha de Resolución | 2 de Febrero de 2016 |
Emisor | Audiencia Provincial - Castellón, Sección 2ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL -SECCIÓN SEGUNDA- PENAL
Rollo de Apelación núm. 610/15.
Juzgado de lo Penal núm. 1 de Castellón.
Juicio Oral núm. 283/2014.
S E N T E N C I A NÚM.30/2016.
Iltmos. Sres.:
PRESIDENTE: Dª. ELOISA GOMEZ SANTANA.
MAGISTRADO: D. JOSE LUIS ANTON BLANCO.
MAGISTRADO: D. PEDRO JAVIER ALTARES MEDINA.
En la ciudad de Castellón de la Plana, a dos de febrero de dos mil dieciséis.
La SECCIÓN SEGUNDA de la Ilma. Audiencia Provincial de Castellón, integrada por los Ilmos. Sres. anotados al margen, ha visto y examinado el presente Rollo de Apelación Penal núm.610/15, dimanante del recurso interpuesto contra la Sentencia de fecha 30/06/2015, dictada por la Ilma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal núm.1 de Castellón, en su Juicio Oral núm.283/2014, dimanante de las Diligencias Urgentes núm. 79/2014 del Juzgado de Instrucción núm.1 de esta capital.
Han sido partes como APELANTE, D. Severino representado por el Procurador Sr.Vicente Ninot Domingo y defendido por el Letrado Sr.Francisco Javier Hernádez Hernández y como APELADO, el Ministerio Fiscal, representado por la Iltma. Sra. Fiscal Dª. Ana Bas Sorio y Ponente el Ilmo. Sr. MagistradoD. JOSE LUIS ANTON BLANCO.
La sentencia recurrida declaró probados los hechos siguientes: "ÚNICO.-El acusado Severino,mayor de edad por cuanto nacido el NUM000 /1967, con D.N.I. nº NUM001 y sin antecedentes penales, tenía impuestas por Auto de 3 de julio de 2014 dictado por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1 de Castellón las medidas cautelares de prohibición de aproximarse a menos de 300 metros de Adolfina
, de su domicilio, lugar de trabajo o cualquier lugar donde pudiera encontrarse la misma, así como prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio, habiendo quedado enterado de su contenido al haber sido notificado y requerido el mismo día de su adopción, no obstante lo cual, despreciandolos intereses que tutela la Administración de Justicia, el domingo día 6 de julio de 2014, sobre las 23:00 horas, envió a Adolfina un mensaje de texto hablándole de cosas relativas al hijo que tienen en común.
No consta que el lunes 7 de julio de 2014, sobre las 7:30 horas, cuando su ex pareja se dirigía a trabajar a la entidad bancaria sita en la calle Navarra, Severino se encontrara esperándola en la calle Trinidad; ni que el jueves, 10 de julio de 2014, sobre las 15:50 horas, éste se acercara a la calle del domicilio de los padres de aquélla y cuando la misma se dirigía andando hacia su lugar de trabajo, Severino la siguiera durante varios metros por la calle."
El Fallo de dicha sentencia apelada literalmente dice: "CONDENO a Severino por considerarlo penalmente responsable en concepto de autor de UN DELITO DE QUEBRANTAMIENTO DE MEDIDA CAUTELAR, sin que concurran circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a las penas de PRISIÓN DE SEIS MESES e INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO DE SUFRAGIO PASIVO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA, y al pago de las costas procesales.
Abónese el tiempo de privación de libertad y/o de derechos sufrido por esta causa en la liquidación de condena.
Notifíquese esta sentencia a las partes y de manera personal a Severino, haciéndose saber que contra la misma cabe recurso de apelación que podrá interponerse ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde la última notificación.
Notifíquese la presente resolución en virtud del artículo 789.4 LECRIM a los ofendidos y perjudicados por el delito; expídanse los testimonios exigidos para su remisión a los órganos oportunos y practíquense las anotaciones telemáticas en los correspondientes Registros.
Líbrese testimonio de la presente resolución, el cual se unirá a los autos, remitiéndose el original al Libro de Sentencias.
Así, lo pronuncio y firmo. "
Notificada dicha sentencia a las partes,la representación procesal de D. Severino interpuso contra la misma recurso de apelación, que por serlo en tiempo y forma se admitió, y evacuado el trámite de impugnación, se remitieron las actuaciones a esta Audiencia, donde se repartió a esta Sección,...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
Formas de aparición del delito
...y su sosiego, que es lo que también se protege con esta pena” 468. Y la SAP Castellón de la Plana, Sec. 2ª, de 2 de febrero de 2016 (ROJ SAP CS 275/2016, Ponente Sr. Antón Blanco), que considera cometido el delito que nos ocupa por el hecho de enviar un mensaje al móvil en relación al hijo ......
-
Índice jurisprudencial
...de la Plana, Sec. 2ª, de 4 de julio de 2012 (ROJ SAP CS 980/2012) — SAP Castellón de la Plana, Sec. 2ª, de 2 de febrero de 2016 (ROJ SAP CS 275/2016) — SAP Ciudad Real, Sec. 2ª, de 4 de abril de 2013 (ROJ SAP CR 366/2013) — SAP Ciudad Real, Sec. 2ª, de 1 de febrero de 2016 (ROJ SAP CR 86/20......