SAP Castellón 159/2016, 19 de Abril de 2016

PonenteJOSE MANUEL MARCO COS
ECLIES:APCS:2016:515
Número de Recurso818/2015
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución159/2016
Fecha de Resolución19 de Abril de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Castellón, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CASTELLÓN

SECCIÓN TERCERA

Rollo de apelación civil número 818 de 2015

Juzgado de 1ª Instancia número 1 de Vila Real

Juicio Verbal número 109 de 2015

SENTENCIA NÚM. 159 de 2016

Ilmo. Sr.:

Magistrado:

Don JOSÉ MANUEL MARCO COS

_____________________________________

En la Ciudad de Castellón, a diecinueve de abril de dos mil dieciséis.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Castellón, constituida con el Sr. Magistrado referenciado al margen, ha visto el presente recurso de apelación, en ambos efectos, interpuesto contra la Sentencia dictada el día veintinueve de septiembre de dos mil quince por la Ilma. Sra. Magistrada Juez del Juzgado de 1ª Instancia número 1 de Vila Real en los autos de Juicio Verbal seguidos en dicho Juzgado con el número 109 de 2015.

Han sido partes en el recurso, como apelante, Comunidad de Propietarios AVENIDA000, NUM000 de Vila Real, representado/a por el/a Procurador/a D/ª. Mª Carmen Ballester Villa y defendido/a por el/a Letrado/ a D/ª. Amalia Lucas Hernández, y como apelado, Schindler, S.A., representado/a por el/a Procurador/a D/ª. Mª Ángeles D'Amato Martín y defendido/a por el/a Letrado/a D/ª. Ignacio López-Lapuente Ferranz.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Fallo de la Sentencia apelada literalmente establece: "Que ESTIMO INTEGRAMENTE la demanda formulada por la Procurador Dª Mª Angeles D#Amato Marti en nombre y representación de SCHINDLER S.A., condenando a Comunidad de Propietarios de la AVENIDA000 nº NUM000 de la localidad de Vila-real al pago de 3.192,91 euros en concepto de principal, más los intereses legales que dicha cantidad devenguen, así como al pago de las costas procesales.-".

SEGUNDO

Notificada dicha Sentencia a las partes, por la representación procesal de Comunidad de Propietarios AVENIDA000, NUM000 de Vila Real, se interpuso recurso de apelación, en tiempo y forma, en escrito razonado, solicitando se dicte Sentencia desestimando íntegramente la demanda, con imposición de costas a la parte demandante.

Se dio traslado a la parte contraria, que presentó escrito oponiéndose al recurso, solicitando se dicte sentencia confirmando la dictada en primera instancia, con imposición de costas de la alzada a la parte apelante. Se remitieron los autos a la Audiencia Provincial, que tras tener entrada en el Registro General el día 27 de noviembre de 2015, correspondiendo su conocimiento a esta Sección Tercera, en virtud del reparto de asuntos. Por Diligencia de Ordenación de fecha 1 de diciembre de 2015 se formó el presente Rollo y se designó Magistrado para resolver el recurso, se tuvieron por personadas las partes y por Providencia de fecha 7 de abril de 2016 se señaló para la resolución del recurso de apelación el día 13 de abril de 2016, llevándose a efecto lo acordado.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales de orden procesal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

SE ACEPTAN los de la resolución recurrida.

PRIMERO

Schindler, S.A. interpuso demanda contra la Comunidad de Propietarios de la AVENIDA000 nº NUM000 de la localidad de Vila-Real, en la que pedía la condena de la demandada al pago de una indemnización que cifró en 3.192,91 euros. Fundaba la reclamación en la unilateral resolución por la comunidad de propietarios, sin causa, del contrato de mantenimiento de ascensor suscrito entre las partes, con arreglo al cual la mercantil actora debía proveer a la conservación del aparato elevador de la comunidad en los términos precisados en el contrato y por una duración de cinco años, prorrogables. Cifraba la indemnización pertinente, con arreglo a la cláusula del contrato a la que luego se hará mención, en el porcentaje del 50% de la cantidad que, de haberse mantenido la relación contractual, debería haber percibido hasta la finalización del período en curso. No obstante, limitaba su reclamación dineraria al 40% de dicha cantidad, por lo que pedía la condena de la comunidad de propietarios demandada al pago de la citada cantidad de 3.192,91 euros, en lugar de los 3.991,14 euros a que asciende el 50% pactado en el contrato.

La demandada se opuso a la demanda y la sentencia de primer grado ha estimado la reclamación, por entender que la cláusula contractual en que se basa la demandante no es abusiva y que la reclamación es ajustada a derecho.

Recurre en apelación la comunidad de propietarios demandada la resolución que le ha sido adversa y pide que en esta segunda instancia se desestime la demanda.

La mercantil apelada pide la confirmación de la sentencia recurrida.

SEGUNDO

Son hechos acreditados y no discutidos que la partes convinieron el día 4 de abril de 2014 el mantenimiento del ascensor instalado en la finca de la comunidad de propietarios demandada a cargo de Schindler SA, con efectos económicos a partir del día 1 de mayo de 2014, por cinco años, siendo éste un plazo prorrogable por iguales períodos (folios 40 y ss).

La renovación automática por cinco años, salvo que alguna de las partes comunicara a la otra con treinta días de antelación su voluntad en contra, se convino en la cláusula epigrafiada "Duración del Contrato".

La cláusula 9 del Anexo II del contrato tiene por tìtulo "Terminación del contrato" y dispone en su párrafo tercero lo siguiente: "Cualquiera de las partes podrá cancelar el presente acuerdo en cualquier momento, sin motivo legal alguno. Sin embargo, en caso de que una de las partes decida finalizar el presente acuerdo antes de su fecha de terminación, se acuerda que la parte que lo de por finalizado abonará a la otra parte una indemnización por daños del 50% de la cantidad pendiente de facturar por el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Castellón 372/2017, 17 de Noviembre de 2017
    • España
    • 17 Noviembre 2017
    ...Citamos también, como más reciente, la Sentencia de esta Audiencia y Secc. 3ª núm. 159 de 2016 dictada por tribunal unipersonal (ROJ: SAP CS 515/2016 - Tampoco tiene carácter abusivo la imposición de una penalidad a cargo de la parte que pone fin a la relación contractual sin causa justific......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR