SAP Murcia 287/2016, 24 de Mayo de 2016

JurisdicciónEspaña
Número de resolución287/2016
Fecha24 Mayo 2016

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

MURCIA

SENTENCIA: 00287/2016

- 1- SCOP AUDIENCIA TLF: 968 229157 FAX: 968 229278

2- SCEJ PENAL, TLF: 968 271373, FAX: 968 834250

Teléfono: a

213100

N.I.G.: 30024 41 2 2011 0020683

APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000052 /2015

Delito/falta: ESTAFA (TODOS LOS SUPUESTOS)

Denunciante/querellante:

Procurador/a: D/Dª

Abogado/a: D/Dª

Contra:

Procurador/a: D/Dª

Abogado/a: D/Dª

AUDIENCIA PROVINCIAL Rº 52/15

SECCION SEGUNDA PA 35/14

MURCIA PENAL- 2 LORCA

S E N T E N C I A N º 287/ 2 0 1 6

ILMOS. SRES.:

D. Abdón Díaz Suárez

PRESIDENTE

D. Enrique Domínguez López

Dña. María Dolores Sánchez López

MAGISTRADOS

En la ciudad de Murcia a veinticuatro de mayo de dos mil dieciséis. La Sección 2ª de esta Audiencia Provincial, integrada por los magistrados que figuran en el encabezamiento de esta resolución, ha pronunciado esta sentencia en el recurso de apelación interpuesto contra la dictada por el Juzgado de lo Penal nº Dos de Lorca, en el PA de la Ley Orgánica 7/88 nº 35/14, en causa seguida por delito de estafa, contra Erasmo .

Han intervenido el Ministerio Fiscal y, como recurrentes Gabino, Noemi, Sandra, Jacinto y María Antonieta, representados por la Procuradora Sra. Cuartero Alonso, bajo dirección letrada del Sr. Bastida García.

Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. D. Abdón Díaz Suárez, Presidente del Tribunal, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Penal dictó en las referidas diligencias sentencia con fecha 30 de

septiembre de 2.014 sentando como hechos probados lo siguiente: "Resulta probado, y así se declara, que "Viviendas y Edificaciones La Torrecilla, S.L.", de la que es Administrador único Erasmo, nacido en Lorca el día NUM000 de 1.964, con DNI número NUM001 y sin antecedentes penales, promovió en 2.004 la construcción de un edificio de nueva planta, denominada " DIRECCION000 ", sita en CARRETERA000, número NUM002, dentro del casco urbano de la ciudad de Lorca, conforme al proyecto redactado por el Arquitecto don Sergio y bajo licencia municipal de obra NUM003 .

En la referida edificación, Sandra, por contrato de 10 de febrero de 2.004, adquirió la vivienda de la planta NUM004 letra DIRECCION001, la plaza de garaje número NUM005 y el trastero número NUM006

, ambos en sótano NUM005, por el precio conjunto de 111.683,74 euros, Impuesto sobre el Valor Añadido incluido, del que satisfizo la cantidad de 21.923,28 euros y quedando el resto (89.346,75 euros) pendiente de entrega el día del otorgamiento de la escritura pública.

Por contrato de 10 de febrero de 2.004, Gabino e Noemi adquirían la vivienda sita en la planta NUM007, letra DIRECCION002, y la plaza de garaje número NUM008 en sótano NUM005, por el precio total de 126.393,13 euros, IVA incluido, del que entregaron la cantidad de 25.278,63 euros y quedando el resto (101.114 euros) pendiente de entregarse en el momento de otorgamiento de la escritura.

Jacinto adquirió, por contrato de 27 de febrero de 2.004, la vivienda sita en la planta NUM009, letra DIRECCION002, la plaza de garaje número NUM006 y el trastero número NUM005 en sótano NUM005, por el precio total de 135.207,31 euros, IVA incluido, del que hizo entrega el comprador de la cantidad de

27.041,46 euros en efectivo y difiriendo la entrega del resto (108.165,85 euros) para el momento de otorgarse la escritura pública.

Y María Antonieta, por contrato de 27 de febrero de 2.004, adquirió la vivienda sita en la planta NUM007 letra DIRECCION001 y el trastero número NUM006 en sótano NUM005, por el precio conjunto de

91.287,23 euros, IVA incluido, del que satisfizo la cantidad de 18.257,45 euros y quedando para el momento de otorgamiento de la escrita la entrega de la cantidad restante de 73.029,79 euros.

El día 17 de mayo de 2.005, ante el Notario de Lorca don Fernando Jiménez Peral, con el número de protocolo 691, se otorga escritura de préstamo con garantía hipotecaria, entre "Banco Popular Español, S.A." y "Viviendas y Edificaciones La Torrecilla, S.L.", para financiar la construcción del edificio, y de lo que habían sido informados previamente los adquirentes de las viviendas, que ha supuesto que las responsabilidades hipotecarias de que responde cada una de las viviendas vendidas excedan del precio que queda pendiente de pago para cada una de ellas; así, la vivienda adquirida por Sandra (planta NUM004, letra DIRECCION001 ) estaba gravada con un principal de 90.100 euros y la plaza de garaje con un principal de 7.000 euros, por lo que excedía en 7.753,25 euros del precio pendiente de pago (89.346,75 euros); la vivienda adquirida por Gabino e Noemi (planta NUM010, letra DIRECCION002 ) estaba gravada con un principal de 112.100 euros y la plaza de garaje (número NUM008 ) con 7.000 euros, por lo que excede en 17.986 euros del precio pendiente de pago por los compradores (101.114 euros); la vivienda letra DIRECCION002 de la NUM008 planta, adquirida por Jacinto, resultó gravada con un principal de 112.500 euros y la plaza de garaje número NUM006, adquirida por el mismo, con un principal de 7.000 euros, con lo que excede en 11.334,15 euros del precio pendiente de pago por la vivienda, plaza de garaje y trastero (108.165,85 euros); y, finalmente, la vivienda adquirida por María Antonieta (planta NUM010, letra DIRECCION001 ) resultó gravada con un principal de 89.600 euros, por lo que excedía en 16.570,21 euros del precio pendiente de pago por la compradora por la vivienda y trastero (73.029,79 euros). Durante la ejecución de las obras, surgieron problemas con la empresa constructora de las mismas "Obraman Obras y Servicios, S.L.", que fue declarada en concurso de acreedores en mayo de 2.009, quedando la obra sin terminar y existiendo deudas con diferentes proveedores, por lo que era necesaria nueva financiación para terminar la promoción; además, "Banco Popular Español, S.A." remitió a "Viviendas y Edificaciones La Torrecilla, S.L.", como titular del contrato de préstamo con garantía hipotecaria, y a Erasmo

, como avalista de dicho contrato, requerimientos de pago de fecha 28 de septiembre de 2.009, porque a esa fecha se encontraba pendiente de pago de aquel préstamo la cantidad de 13.441,60 euros.

Por todo ello, en fecha 30 de octubre de 2.009, en la representación que ostentaba el acusado de "Viviendas y Edificaciones La Torrecilla, S.L.", con la finalidad de obtener la financiación necesaria para terminar la promición, constituyó una segunda hipoteca sobre la misma finca, mediante escritura otorgada ante el Notario de Lorca don Vicente Gil Olcina, al número 5.103 de su protocolo, sin conocimiento ni consentimiento de los compradores de las viviendas;...

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