SAP Huelva 268/2016, 26 de Mayo de 2016
Ponente | FRANCISCO JOSE MARTIN MAZUELOS |
ECLI | ES:APH:2016:284 |
Número de Recurso | 111/2016 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 268/2016 |
Fecha de Resolución | 26 de Mayo de 2016 |
Emisor | Audiencia Provincial - Huelva, Sección 2ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA
SECCIÓN SEGUNDA, Civil
Recurso de Apelación Civil núm. 111/2016
Proc. Origen: Oposición de Medidas Protección Menores nº. 655/2014
Juzgado Origen: Juzgado de Primera Instancia nº. 7 de Huelva
Apelante: CONSEJERÍA DE IGUALDAD, SALUD Y POLÍTICAS SOCIALES
Apelado: Dª. Adoracion y MINISTERIO FISCAL
S E N T E N C I A NÚM. 268
Iltmos Sres.:
D. FRANCISCO JOSÉ MARTÍN MAZUELOS (Ponente)
D. FRANCISCO BELLIDO SORIA
D. ANDRÉS BODEGA DE VAL
En la ciudad de Huelva, a veintiséis de mayo de dos mil dieciséis.
La Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, constituida por los Magistrados del margen, bajo la ponencia del Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JOSÉ MARTÍN MAZUELOS, ha visto en grado de apelación el procedimiento sobre medidas de protección a menores núm. 655/2014 del Juzgado de Primera Instancia núm. 7 de Huelva, en virtud de recurso interpuesto por la CONSEJERÍA DE IGUALDAD, SALUD Y POLÍTICAS SOCIALES DE LA JUNTA DE ANDALUCIA, siendo parte apelada DOÑA Adoracion así como el MINISTERIO FISCAL.
Se aceptan los de la resolución apelada.
Por el Juzgado de Primera Instancia indicado, con fecha 1 de octubre de 2015 se dictó sentencia, cuya parte dispositiva dice así: "QUE DEBO ESTIMAR Y ESTIMO la oposición formulada a la declaración administrativa de desamparo Y DEBO DECLARAR Y DECLARO dejar sin efecto la misma, acordando la devolución de la guarda y custodia del menor Agapito a su madre biológica Dª Adoracion sin perjuicio de la supervisión que la Entidad Pública DE Protección de Menores debe realizar."
Contra la anterior se interpuso recurso de apelación y, dado traslado a la parte contraria, fueron remitidas las actuaciones a esta Audiencia para la decisión del recurso.
Se celebró vista el día 17 de mayo, en que las partes informaron sobre los documentos que han sido unidos en esta segunda instancia.
La Administración apelante solicita que se mantenga la resolución administrativa sobre desamparo del hijo menor de edad, que la sentencia deja sin efecto. Se funda la sentencia en que ha cambiado la situación de la madre, que cuenta con trabajo y vivienda, estabilidad laboral, personal y familiar, y en el contacto permanente de la madre con el hijo.
Por lo que respecta a la situación de la madre, la sentencia, a fecha de octubre, se fija en un informe de la Consejería de Familia de la Junta de Castilla y León, fechado el 24 de noviembre, que da cuenta de trabajos esporádicos sin acreditar, varios cambios de domicilio en Burgos y ayudas del banco de alimentos, perdiendo el contacto en mayo. En septiembre de 2015 se acredita su empadronamiento en Zaratán (Valladolid) sin especificar desde qué fecha y un contrato de sustitución de una trabajadora. La documentación posteriormente unida revela que en octubre tampoco había conseguido la Junta ponerse en contacto con ella. La consulta de vida laboral acredita que el referido trabajo duró 16 días, del 16 de septiembre al 10 de octubre de 2016 y extinguió el subsidio de desempleo en febrero de 2016. Por otro lado, desde 2003 ha estado de alta un total de 273 días. En el ámbito personal está acreditada la convivencia con otra persona con la que ha tenido una hija.
En lo...
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ATS, 10 de Mayo de 2017
...contra la Sentencia dictada, con fecha 26 de mayo de 2016, por la Audiencia Provincial de Huelva (Sección 2.ª), en el rollo de apelación n.º 111/2016 , dimanante de los autos de juicio verbal de oposición a medidas en protección menores n.º 655/2014 del Juzgado de Primera Instancia n.º 7 de......