SAP Asturias 189/2016, 17 de Junio de 2016

PonenteGUILLERMO SACRISTAN REPRESA
ECLIES:APO:2016:1791
Número de Recurso190/2016
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución189/2016
Fecha de Resolución17 de Junio de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

OVIEDO

SENTENCIA: 00189/2016

S E N T E N C I A Nº 189/16

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE

D. Jose Antonio Soto Jove Fernandez

MAGISTRADOS

D. Guillermo Sacristán Represa

D. Javier Antón Guijarro

En Oviedo a diecisiete de Junio de dos mil dieciséis.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 001, de la Audiencia Provincial de OVIEDO, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000336 /2014, procedentes del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de LAVIANA, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000190 /2016, en los que aparece como parte apelante, ORANGE ESPAÑA S.A.U., representado por el Procurador de los tribunales, Sr./a. MARIA TERESA FERNANDEZ VAZQUEZ, asistido por el Abogado D. SANDRA DIAZ-GARZON RUIZ, y como parte apelada, Natividad, representado por el Procurador de los tribunales, Sr./a. MARIA CONSUELO MORALES SUAREZ, asistido por el Abogado D. ALBERTO ZURRON RODRIGUEZ y el MINISTERIO FISCAL, en la representación que le es propia.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.

SEGUNDO

El Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Laviana dictó Sentencia en los autos referidos con fecha 16 de diciembre de 2016, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Que ESTIMANDO la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Morales Suárez, actuando en nombre y representación DÑA Natividad, contra ORANGE ESPAÑA S.A.U., debo condenar y condeno a la demandada:

  1. - A que abone a la actora la cantidad de 7.000 euros, cantidad que devengará los intereses previstos en el Fundamento de Derecho Sexto de la presente Resolución .

  2. - A ejecutar cuantos actos y comunicaciones sean necesarios para excluir a la demandante del fichero ASNEFQUIFAX derivados de la deuda a que se refiere el presente procedimiento.

Todo ello, con expresa imposición de costas ala parte demandada".

TERCERO

Notificada la anterior Sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido, previos los traslados ordenados, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes.

CUARTO

Se señalo para deliberación votación y fallo el dia15 de Junio de 2016, quedando los autos para sentencia.

QUINTO

En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo Ponente el Ilmo. DON Guillermo Sacristán Represa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia que impugna la entidad demandada, la mercantil ORANGE ESPAGNE S.A.U., estima la demanda que frente a la misma interpuso la representación de DOÑA Natividad, condenándola a indemnizar a la actora en 7.000 €, e imponiendo al mismo tiempo las costas del procedimiento.

Motivos del recurso son los aspectos patrimoniales, es decir lo que considera elevada cuantía de la condena y la imposición de las costas, aceptando la intromisión ilegítima en el honor de la demandante al haber incluido su nombre en dos ficheros automatizados de tratamiento de datos de carácter personal relativos a incumplimiento de obligaciones dinerarias, es decir dos registros de morosos.

SEGUNDO

partiendo de la conformidad con que las acciones de inclusión de la actora en dos registros de morosos constituyeron intromisiones en su honor, el planteamiento que hace el recurso se centra única y exclusivamente en la consideración de los 7.000 € que se fijan en la condena como una cantidad excesiva atendiendo a concretas circunstancias como el que los ficheros de morosos no son accesibles al público en general, siendo instrumentos de consulta o informativos, pero no decisivos; así como que la actora no acreditó concretos daños causados como consecuencia de aquella inclusión. Se citan un conjunto de sentencias para apoyar dichos argumentos.

Debe señalarse como primer dato que parece necesario para resolver la presente impugnación que la demanda plantea la indemnización como consecuencia de la grave intromisión en el derecho a la imagen y el honor de la actora, puntualizando: "con independencia de las veces que los ficheros hayan podido ser consultados por terceros, como también de la existencia o no de operaciones financieras que hayan podido verse afectadas o impedidas por aquella irritante constancia registral" (como se concreta en el hecho cuarto de la demanda, página 5 de la demanda, folio 7 de los autos). Y en esta dirección se impone la cita del apartado 3 del artículo 9 de la Ley Orgánica de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • STS 261/2017, 26 de Abril de 2017
    • España
    • Tribunal Supremo, sala primera, (Civil)
    • 26 April 2017
    ...contra la sentencia dictada el 17 de junio de 2016 por la Sección 1.ª de la Audiencia Provincial de Oviedo en el recurso de apelación núm. 190/2016 dimanante de las actuaciones de juicio ordinario núm. 336/2014 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 1 de Laviana, sobre derecho ......
  • ATS, 23 de Noviembre de 2016
    • España
    • 23 November 2016
    ...contra la Sentencia dictada, con fecha 17 de junio de 2016, por la Audiencia Provincial de Oviedo (Sección 1ª), en el rollo de apelación n.º 190/2016 , dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 336/2014 del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Pola de Mediante diligencia de ordenación......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR