SAP Tarragona 340/2016, 21 de Junio de 2016
Ponente | MANUEL HORACIO GARCIA RODRIGUEZ |
ECLI | ES:APT:2016:1130 |
Número de Recurso | 699/2015 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 340/2016 |
Fecha de Resolución | 21 de Junio de 2016 |
Emisor | Audiencia Provincial - Tarragona, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
TARRAGONA
SECCION PRIMERA
ROLLO NUM. 699/2015
ORDINARIO NUM. 560/2011
JUZGADO MERCANTIL 1 TARRAGONA
S E N T E N C I A NUM. 340/16
ILTMOS. SRES.:
PRESIDENTE
D. Antonio Carril Pan
MAGISTRADOS
Dª Mª Pilar Aguilar Vallino
D. Manuel Horacio García Rodríguez
Tarragona, 21 de junio 2016.
La Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Tarragona, formada por los Magistrados del margen, ha visto el recurso de apelación nº 699/2015, interpuesto contra la sentencia dictada el 19 diciembre 2014, en Procedimiento Ordinario nº 560/2011, tramitado por el Juzgado Mercantil de Tarragona, a instancia de D. Cayetano, como demandante-apelante, y CONSELL COMARCAL PRIORAT, MARCH & ASSOCIATS DETRES S.L. y DIGITAL GRAFITTI S.L., como demandados-apelados, y previa deliberación pronuncia en nombre de S.M. el Rey de España la siguiente resolución.
La sentencia antes señalada, tras los correspondientes fundamentos de derecho, establece en su fallo lo siguiente: "ESTIMAR PARCIALMENTE la demanda interpuesta por D. Cayetano, condenando a MARCH & ASSOCIATS DETRES, S.L., declarada en situación de rebeldía procesal a abonar al demandante la suma de 6.960 euros, más los intereses legales devengados, y absolviendo a los codemandados CONSELL COMARCAL DEL PRIORAT, y DIGITAL GRAFITTI, S.L., de las pretensiones ejercitadas frente a ellos en la demanda, con condena a la actora de las costas devengadas en este procedimiento por su reclamación frente a CONSELL COMARCAL DEL PRIORAT, y DIGITAL GRAFITTI, S.L. y sin expresa condena en costas respecto de la reclaamción ejercitada frente a MARCH & ASSOCIATS DETRES, S.L., "
Las partes antes identificadas han expresado en sus respectivos escritos de apelación y, en su caso, de contestación, las peticiones a las que se concreta su impugnación y los argumentos en que los fundamentan, que se encuentran unidos a los autos. Fundamenta la decisión del Tribunal el/la Ilmo/a Sr./a Magistrado/a Ponente D. Manuel Horacio
García Rodríguez.
Frente a la sentencia que estima parcialmente la demanda formulada por D. Cayetano condenando a MARCH & ASSOCIATS DETRES S.L., declarado el rebeldía procesal, a abonarle la suma de 6.960.-€, absolviendo al DIGITAL GRAFITTI S.L. y al CONSELL COMARCAL DEL PRIORAT, con condena en las costas devengadas por estos dos últimos y no haciendo expreso pronunciamiento sobre las de March Associats, se alza el actor para postular idénticas pretensiones que en la demanda.
La apelación sostiene que los demandados son responsables solidarios de la utilización ilícita de la obra fotográfica del actor pues conocedores de sus derechos de propiedad intelectual la publicaron de forma unilateral en el libro "Patrimonio Cultural del Priorat", vulnerando la integridad de las fotografías, mutilándolas, alterando la calidad y el color de la mismas, y explotando el libro reproducido, distribuido y comercializado sin el consentimiento del autor al que ni siquiera se le ha remunerado.
Previo al examen de los motivos de oposición a la sentencia conviene precisar los hechos relevantes que resultan de la prueba practicada. Son estos.
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El CONSELL COMARCAL DEL PRIORAT, mediante un concurso público, adjudico a DIGITAL GRAFITTI S.L. y MARCH & ASSOCIATS DETRES S.L. la elaboración y edición de un libro sobre los pueblos de la comarca del Priorat, por precio de 28.600.-€, reservándose los derechos de propiedad intelectual de todos los estudios y documentos, incluso para su reproducción, distribución y transformación, total o parcial, en cualquier formato, sin límite de territorio y por el tiempo de vigencia de los derechos que se ceden, según las cláusulas administrativas.
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La empresas adjudicatarias asumieron dos trabajos diferenciados, DIGITAL GRAFITTI el diseño, maquetación e impresión de la obra, y MARCH ASSOCIATS la edición y contratación del actor D. Cayetano para la realización de la obra gráfica (fotografía).
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MARCH & ASSOCIATS cobro el precio del CONSELL COMARCAL, DIGITAL GRAFITTI el trabajo realizado por compensación de créditos con MARCH & ASSOCIATS y el autor de las fotografías
D. Cayetano no percibió cantidad alguna, si bien reclama de la primera la suma de 6.000.-€, más IVA, por honorarios fotógrafo, desplazamientos dietas y post-producción digital.
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La editora MARCH & ASSOCIATS, que ni siquiera pago al artista el precio que había contratado, vendió por su cuenta una parte de los libros...
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